Paysandú, Viernes 20 de Abril de 2012
Nacionales | 13 Abr Arededor de 700 menores infractores, procedentes de todo el país, fueron fichados por la Policía Técnica en los ocho meses de vigencia de la ley que creó el registro de antecedentes de adolescentes. La Corte reconoce que dicho registro todavía no funciona a pleno.
“La creación de esas fichas fueron ordenadas por los jueces respectivos. Se registraron menores que cometieron delitos graves y leves desde que entró en vigencia la ley que instauró el registro”, dijo a El País el director de Policía Técnica, Juan Carlos Vázquez.
Las fichas procesadas por Policía Técnica después son gestionadas por el Instituto Técnico Forense (ITF) del Poder Judicial. Aunque actualmente las fotos a los menores sentenciados son tomadas en una oficina de los juzgados de Menores en Montevideo, se espera que a mediano plazo las fotografías puedan sacarse en el ITF.
El proceso para fichar a un menor delincuente comienza tras el fallo judicial, cuando el juez comunica a la Policía su decisión y ésta debe ubicar al implicado para registrarlo. Según Vázquez, la mayoría de los adolescentes registrados son rapiñeros y homicidas porque la Justicia generalmente “no procesa” a un menor por un hurto. No obstante, explicó que en muchos casos tampoco se les inicia procedimiento a rapiñeros.
El vocero de la Suprema Corte de Justicia, Raúl Oxandabarat, explicó a El País que el Registro de Antecedentes de Adolescentes Infractores trabaja con el aporte de datos que provienen de las sedes judiciales de todo el país. Sin embargo, explicó que a pesar del tiempo transcurrido desde su creación, aún no funciona a pleno.
En este sentido, indicó que eso se debe a “dificultades” en la recepción de las planillas con la información necesaria. Estas son la imposibilidad de fichar a los adolescentes que no pudieron ser ubicados por la autoridad policial en el Interior; y demoras porque el INAU no permitió fichar a los menores sin una autorización judicial expresa. “Además, también en el caso de Montevideo, hubo dificultades con los sistemas informáticos de Policía Técnica que dilataron el comienzo del procedimiento de identificación”, explicó.
Oxandabarat dijo además que el Registro remitió a los jueces la información con que contaba en los plazos estipulados, salvo cuando se registraron retrasos derivados de una “defectuosa obtención de impresiones dactilares” de menores acusados. Al respecto, aseguró que el personal responsable está “trabajando arduamente” para superar dichas dificultades.
Según recordó El País, el artículo 116 de la Ley 18.778 señala que la Suprema Corte de Justicia creará y reglamentará un Registro Nacional de Antecedentes Judiciales de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal. Este consistirá en dos secciones: la primera contendrá los antecedentes de los delitos de violación, rapiña, copamiento, secuestro y homicidio doloso o ultraintencional. La segunda agrupará todas las demás infracciones a la ley penal previstas en el Código de la Niñez y la Adolescencia.
Asimismo, el artículo 222 de esa ley indica que la información relativa a niños y adolescentes no podrá ser utilizada como base de datos para el rastreo de los mismos, una vez alcanzada la mayoría de edad. Al respecto, los antecedentes judiciales y administrativos de los menores infractores se deberán destruir en forma inmediata al cumplir los 18 años o al cese de la medida.
No obstante, la normativa establece que cuando el adolescente en conflicto con la ley haya sido penado por el delito de violación, rapiña, copamiento, secuestro o las diferentes variantes del homicidio intencional, el juez podrá imponer la conservación de los antecedentes a efectos de que sean utilizados como antecedentes una vez cumplida la mayoría de edad.
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