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Paysandú, Miércoles 23 de Mayo de 2012

Edila Patricia Volpe

“Un nudo legal que debimos resolver por los caminos que marca la Constitución”

Locales | 19 May La edila frenteamplista Patricia Volpe consideró que su bancada obró con mesura y apego a la Constitución, durante la pasada sesión en la Junta Departamental. Sostuvo que “en todos los casos hubo irregularidades por no tenerse en cuenta las incompatibilidades para ejercer el cargo de intendente cuando se tiene una función pública o privada que vincule a esa empresa como suministradora de servicios a la Intendencia”.
“Tuvimos un nudo legal que debíamos resolver por los procedimientos que establece la Constitución, ya que ese debió ser el camino correcto en la noche del martes”.
“O sea que se designara un intendente por la vía de la excepción (inciso segundo del artículo 268º de la Constitución) y de inmediato fuera convocado el suplente respectivo del intendente Bertil Bentos. Pero incluso ocurrió que el Partido Nacional presentó una nota en una forma totalmente irregular, queriendo instituir en ese momento al señor José Bide --con todo el respeto que nos merece como persona-- e incluso se le llevó a sala esperando el resultado de la sesión”, dijo.
La entrevistada afirmó que “la desprolijidad radica en la Asesoría Letrada (de la IDP), porque lo que hace la Junta Departamental es habilitar el mecanismo para que sea convocado (el intendente interino) en el grado que tiene el respectivo ciudadano en la plancha electoral encabezada por Bentos, luego Bide, Leoni, Bandera y Sconamiglio”.
Todo debe ser convalidado
“Cuando nosotros comparecimos en sala, el doctor Leoni ni siquiera podía dictar ese acto de solicitud de licencia porque era un funcionario de hecho”, sub rayó. Por consecuencia de esta situación, “el intendente interino que asuma o el propio intendente Bentos deberá convalidar todo lo resuelto, pero repito que el martes se dio aquella situación --un intringulis-- que estábamos tratando un tema firmado sí por el secretario general Horacio de los Santos pero también por el ‘intendente’ (interino) Carlos Leoni. Por eso mismo nosotros podíamos decir perfectamente que ese asunto no podía ser tratado por lo que acabo de señalar”, acotó. La vía de la excepcional lo prevé “el inciso dos del artículo 268º de la Constitución, mediante la situación de vacancia señalando que constatado el hecho de que quien ostenta el cargo de intendente es un funcionario de hecho y no de derecho. En ese caso se tiene que movilizar todo el procedimiento para dar solución a esa vacancia y yo entiendo, aunque siempre hay dos bibliotecas, que es correcto lo que analizamos incluso con el edil colorado Martín Flores de que llegado al caso de preguntarnos quién le da la trasmisión de mando al suplente respectivo (Humberto Sconamiglio) al asumir en el cargo”.
No es tema político partidario
La edila Volpe señaló que “no hay que reducir este tema a lo político partidario, es el mecanismo o salvoconducto que frente a la vacancia establece la Constitución, justamente para dar las garantías a la ciudadanía de que el poder sigue siendo ejercido por alguien elegido, llegándose hasta el compañero edil Martín Pitetta”.
Destacó la mesura con la que actuó su fuerza política en esta instancia, así como manifestó su rechazo a la aplicación del artículo 50 (moción de orden que corta el debate) solicitada por el nacionalismo y afirmó que “esto demuestra la desprolijidad que venimos señalando desde hace tiempo en la administración del Ejecutivo Departamental. Esta es una anomalía vinculada a la incompetencia para gobernar que se traduce en actos de irresponsabilidad de soslayar lo que prevé la Constitución para los gobiernos departamentales”.


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