Paysandú, Domingo 01 de Julio de 2012
Nacionales | 26 Jun El gobierno derogará un decreto vigente desde el año 1988 que incluye censura previa. Según publicó Presidencia en su página web, dentro de las quince medidas que conforman la “Estrategia por la vida y la convivencia”, presentadas el 20 de junio, se incluye la derogación del Decreto 445, que contiene un modo de censura previa.
La norma, que regula el horario de protección al menor en la programación televisiva, es el Decreto 445/88, y fue aprobado por la administración de Julio María Sanguinetti el 5 de julio de 1988. Esa norma fija el horario de protección al menor hasta las 21:30, pero exceptúa a los programas deportivos, de contenido político y los informativos.
Además establece un mecanismo de censura previa al imponer que “los programas grabados, así como los anuncios promocionales de los programas de las emisoras y las sinopsis cinematográficas, para poder ser emitidas dentro del horario (de protección al menor), deberán contar con la conformidad del Consejo del Niño (hoy INAU)”.
Aquella norma expresaba como fundamento “que sin perjuicio de que el cuidado y educación de los hijos es un deber y un derecho de los padres (artículo 41 de la Constitución), corresponde al Estado velar por la estabilidad moral y material de la familia -base de nuestra sociedad- , para la mejor formación de los hijos dentro de la sociedad (artículo 40 de la Constitución Vigente)”.
En este sentido, el Gobierno se propone no solo dejar sin efecto la excepción para determinados tipo de programas en el horario de protección al menor (actuando en cumplimiento de una norma superior y posterior, la ley 17.823 -Código de la Niñez y la Adolescencia), sino también derogar el mencionado Art. 2 que, a su entender, establece de manera inconstitucional la censura previa a ciertos contenidos grabados.
La limitación a la exhibición o emisión pública de imágenes que afecten los derechos de los niños, niñas y adolescentes en los medios de comunicación ya está dispuesta en el Código de la Niñez, que fuera aprobado por el Parlamento en 2004 y promulgado por el ex presidente Jorge Batlle, acompañado por la firma de todos los integrantes del Consejo de Ministros de la época.
La actual iniciativa se propone reglamentar la referida Ley 17.823, que en su artículo 15 obliga a garantizar una protección especial a los niños y adolescentes frente a situaciones, entre otras, que “inciten a la violencia”, expresó Presidencia.
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