Paysandú, Miércoles 17 de Octubre de 2012
Locales | 16 Oct El presente comentario será de extensión reducida porque está destinado solamente a subrayar lo inconveniente que es --para las autoridades gubernamentales y obviamente para el superior interés nacional-- realizar con desprolijidad el manejo de los asuntos públicos. O sea, sin tener en cuenta lo indispensable y sustancial que es prever con tiempo y analizar con la mayor profundidad posible tales asuntos, para adoptar, en función de oportunos y adecuados análisis, las decisiones que correspondan, para así obtener el grado razonable de conveniencia y de oportunidad en lo resuelto. Los muy breves conceptos precedentes fueron sugeridos, aunque ciertamente es ocioso señalarlo, por el “caso Pluna”, pendiente de final definición.
Aún cuando se admita sin reservas que en tal caso la liquidación de la empresa era algo necesario, y así lo comprueben, por lo menos, el nivel de su déficit y hasta el de sus dificultades para atender el pago regular nada menos que del combustible requerido para el vuelo de sus aviones, parece muy claro que la forma para todos sorpresiva en que se dispuso su liquidación no tuvo razonablemente en cuenta el ineludible deber de adoptar al respecto las indispensables previsiones, para reducir en lo posible la extensión de los inconvenientes de ella derivados, verbigracia entre ellos los de quienes tenían aquí y en el exterior pasajes adquiridos; y por encima de todo, el de sus trabajadores.
La aprobación ulterior de una ley especial para regular tal liquidación, para aportar una fórmula tendiente a poder liberar al Estado de su calidad de garante de la adquisición por Pluna de siete aparatos Bombardier, fue sin duda otro elemento que confirma la falta oportuna de previsiones razonables al respecto.Los episodios ulteriores relacionados con el último remate de las unidades que el Estado garantiza son sin duda confirmación de la falta de las indispensables y razonables previsiones. Además, hacen pensar en la posibilidad de que quien últimamente ha exteriorizado su interés por adquirir los aviones, según ha muy ampliamente trascendido, al no aceptarse su anterior propuesta para arrendarlos, pudiera en realidad haber sido quien los adquirió a través de la empresa que fue única oferente en la subasta. El titular de dicha empresa, además de atender determinados vuelos que tenía Pluna a su cargo, daría ingreso en su empresa a alrededor de dos centenares de extrabajadores de la empresa nacional en liquidación.
En circunstancias en que las autoridades negocian con el titular de dicha empresa las condiciones que regirían para el uso de los aviones, y en que también ha trascendido que algunos empresarios analizan, al margen obviamente de las autoridades, la eventualidad de crear una nueva empresa nacional para explotar las líneas que cubría Pluna mediante la utilización de los restantes aviones que atendían sus vuelos, es imposible poder saber cuál será el futuro de cuestión tan importante, si bien parece que las posibilidades más probables serían las de la empresa foránea a la cual se ha aludido líneas arriba.
En tales circunstancias, cuando no es viable a esta altura de los acontecimientos tener una clara realidad sobre cuál será la definición de cuestión tan importante para el país, sus corrientes turísticas y su facilidad para conectarse por vía aérea en la región, no corresponde adelantar opinión alguna al respecto; más aun, no sería serio hacerlo.
Pero sí es pertinente señalar que, sea cualquiera la solución que las autoridades dispongan y acuerden, deberán, en primer término, aprobar razonables normas para la adecuada regulación de su funcionamiento, que cuando corresponda deberán ser severamente controladas y, en forma complementaria, establecer condiciones y exigencias muy severas para aplicar a la empresa que en definitiva atienda las frecuencias que correspondían a Pluna y utilice al efecto aviones que estaban destinados a cubrir sus vuelos.
Lo expuesto es lo que se entiende que corresponde expresar en las actuales circunstancias.
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