Paysandú, Miércoles 21 de Noviembre de 2012
Opinion | 18 Nov Recientemente el edil frenteamplista Enrique Malel planteó en la Junta Departamental una moción que en esencia tiende a simplificar los requisitos para las transferencias de vehículos automotores, mediante un mecanismo similar al que ya rige por ejemplo para las intendencias de Montevideo y varias del Interior y que bien podría adoptarse en Paysandú.
Por su actuación profesional como escribano y abogado, pero también por la experiencia que refiere al ciudadano común, el curul considera que sería pertinente adoptar el régimen que consiste en otorgar la transferencia municipal del vehículo, cambiando a su titular mediante la presentación del testimonio del título de propiedad o certificado de resultancia de autos si es que aquel falleció. Subrayó el edil en su moción que la propuesta no es novedad, desde que se practica en varias intendencias del Interior y en la capital.
Los tiempos han cambiado y con el avance de la informática y el cruce de información que debería haber entre los organismos involucrados, se podría superar un trámite y “papeleo” que aparece como excesivo y que hace a la vez que estén circulando muchos vehículos en el que figura como titular una persona que fue la original pero luego la unidad ha sido revendida varias veces.
Precisamente, de acuerdo a la legislación departamental de Montevideo se establece una conexión entre el Registro de la Propiedad Mobiliaria con el respectivo Servicio de Transferencias de la Intendencia, por lo que procede a la transferencia y expide la libreta de oficio, remitiéndose el plástico al domicilio del contribuyente de modo de registrar toda modificación en el dominio que se registre.
De esta forma, se eliminan las discordancias entre el título inscripto en el registro y el titular que se encuentra registrado como tal ante la Intendencia, algo que actualmente sucede y que muchas veces termina perjudicando a ex propietarios, cuando los nuevos dueños –que circulan sólo con el “compromiso de compra - venta” o el título de propiedad, sin regularizar su situación en la Intendencia—dejan de pagar la patente o las multas que les corresponden.
Asimismo se establece la necesidad de registrar los vehículos que no necesitan de título, lo que facilita identificar a los contribuyentes a todos sus efectos e incluso para la expedición del Certificado Único Departamental que muchas veces se ve trabado por una deuda de patente de un vehículo que el solicitante no tiene desde hace varios años.
Es pertinente que se analice la firme posibilidad de instrumentar este mecanismo, por cuanto sería un instrumento para facilitar la regularización de numerosas situaciones en nuestro medio.
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