Paysandú, Jueves 22 de Noviembre de 2012
Policiales | 20 Nov “Tocamiento en piernas y zonas erógenas, y sexo oral” fueron algunos de los actos que W.F.C.F., de 68 años –procesado por reiterados delitos de atentado violento al pudor-- obligaba a practicar a menores que concurrían a su casa a recibir clases particulares de su esposa , según expresa textualmente el auto de procesamiento difundido ayer por el Poder Judicial.
Según el documento, las actuaciones comenzaron el 13 de noviembre cuando se formuló denuncia penal en la Unidad de Violencia Doméstica por cinco personas contra W. F. C. F., ante la presunción de que éste habría efectuado actos obscenos contra sus hijas; dos niñas de 9, una de 10, otra de 8, y una adolescente de 14. En forma inmediata, el juez Pablo Dalera comenzó las indagatorias. Del relato de las víctimas surge que el indagado realizaba actos libidinosos diferentes a la conjunción carnal como los detallados inicialmente, aprovechando que las víctimas concurrían a su domicilio a recibir clases particulares de apoyo escolar con una maestra jubilada de 67 años.
En determinados momentos, cuando las víctimas se dirigían al patio ubicado en el fondo de la vivienda, éste aprovechaba para efectuar los actos mencionados.
Seguidamente, se practicó una pericia psicológica ITF a las víctimas por el psicólogo Gonzalo Cachón, que permitió confirmar la veracidad de las declaraciones de las menores.
El juez Dalera destaca en el auto de procesamiento que “el relato efectuado por las víctimas en sede judicial tiene además la nota de ser espontáneo, congruente, verosímil, describiendo los hechos sufridos en forma directa y precisa”.
Según indica el magistrado, “de todas las pruebas diligenciadas en autos existe la convicción suficiente prima facie que encuadran en la figura delictiva de atentado violento al pudor. A los efectos probatorios en infolios se han reunido una serie de indicios o presunciones que tornan increíble o improbable la negativa del procesado”. Entre las pruebas reunidas en su contra, se encuentran las declaraciones de su propia esposa, informes de clínica forense, las actas de inspección y de efectos ubicados en el domicilio del procesado, así como un relevamiento fotográfico efectuado en su casa.
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