Paysandú, Sábado 18 de Mayo de 2013
Nacionales | 15 May Con los votos del Frente Amplio, la Cámara de Diputados aprobó el nuevo estatuto del funcionario público. La iniciativa, que regula aspectos vinculados al trabajo de los estatales, tiene el visto bueno del sindicato de COFE en la mayoría de los puntos aunque no contempla algunos aspectos, publicó El Observador.
Los funcionarios de la Administración Central lograron unificar la jornada laboral de todos los trabajadores en ocho horas, es decir, será para aquellos que ingresen una vez aprobado el estatuto. Los funcionarios que están trabajando seis horas continuarán con esa cantidad.
Los feriados no laborables serán el 1º de enero, 1º de mayo, 18 de Julio, 25 de Agosto y 25 de diciembre, aunque quienes deban concurrir a trabajar, tendrán más beneficios que antes porque podrán incorporar en sus vacaciones el tiempo trabajado multiplicado por dos. En Semana Santa o en los feriados laborables, en tanto, el tiempo trabajado se multiplicará por 1,5.
El nuevo estatuto se aplicará, en primera instancia, sobre 30.000 funcionarios del Poder Ejecutivo con excepción de los funcionarios diplomáticos, consulares, militares, policiales y de los magistrados dependientes del Ministerio Público y Fiscal. Luego, en un plazo de 24 meses serán incorporados de forma gradual los funcionarios del Poder Judicial, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Tribunal de Cuentas, Corte Electoral y servicios descentralizados como la Administración Nacional de Puertos, ANTEL, OSE, Correo, INAU, ASSE y la Agencia Nacional de Vivienda. En estos casos solo se consideran algunos artículos, cuya aplicación deberá ser objeto de negociación con los trabajadores, tomando en cuenta las disposiciones específicas que rigen en cada uno de los organismos.
El gobierno pretendía que el estatuto solo fuera aplicado a la Administración Central (ministerios y Presidencia). Sin embargo, ante las advertencias de inconstitucionalidad realizadas en el Parlamento por expertos en derecho, los legisladores frentistas optaron por ampliarlo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de la carta magna. El nuevo régimen, negociado solo con COFE, reporta beneficios para los trabajadores, aunque no están de acuerdo con ciertos puntos, como el régimen de faltas. Cuando sean calificadas como “graves” se podrán aplicar sanciones que abarcan desde 10 días a seis meses. También se discrepa con la creación de la llamada Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional que estará encargada de asesorar al gobierno sobre las nuevas escalas salariales, publicó El Observador.
EXPORTARON LÁCTEOS
POR U$S 235 MILLONES
Un informe difundido por el Instituto Nacional de la Leche (Inale) reveló que en abril se exportó un total de 20.012 toneladas de productos lácteos que implican una cifra acumulada --entre enero y abril-- de 68.976 toneladas. Esto representa un descenso del 3% respecto al mismo período del año anterior.
Los principales productos comercializados al exterior en abril fueron 4.340 toneladas de leche en polvo entera, 3.591 toneladas de leche en polvo descremada, 3.336 toneladas de quesos y 2.428 toneladas de manteca.
El informe destacó el aumento del 59% en la colocación de leche en polvo descremada en el primer cuatrimestre del año respecto a similar período de 2012.
En materia de facturación, el volumen total exportado representó casi U$S 65 millones durante abril, mientras en el período acumulado fue alrededor de U$S 235 millones.
Al comparar el precio promedio recibido por todos los productos exportados se comprobó un descenso del 13% referido a abril del año pasado, en virtud de los cambios en los volúmenes del conjunto de productos que fueron exportados. Sin embargo, del análisis de los precios recibidos el mes anterior, el Inale advirtió que la mayoría de los productos mejoraron su valor respecto a marzo, destacándose la leche en polvo entera con un 8% y los quesos con 5%.
INAU MULTÓ A EL PAÍS
POR INFORME SOBRE
MENORES HOMICIDAS
El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) multó al diario El País por publicar el apodo de un integrante de una peligrosa banda de menores rapiñeros y mencionar el asentamiento en el que residía.
El INAU consideró que el matutino violó “el derecho a la privacidad” de Ricky, autor de violentos asaltos y un intento de homicidio. Mientras estuvo fugado del INAU, el menor participó en el asesinato de un guardia de seguridad.
La resolución del INAU estableció que la nota publicada incluye “expresiones que son peyorativas y se encuentran dotadas de lesividad de los derechos del adolescente que sin nombrarlo lo individualiza por el seudónimo, que precisamente es como se le reconoce”. Agregó que la identificación por el seudónimo es “lo más grave” porque “dichos jóvenes son más conocidos por ellos que por sus propios nombres y apellidos, por lo que claramente se deduce a quiénes se está refiriendo, individualizándolos palmaria y notoriamente”. Sin embargo, las autoridades del INAU han realizado públicamente juicios de valor sobre el adolescente, a quien identificaron por su seudómino. En cambio, el informe de El País no identificó al menor por sus iniciales ni tampoco incluyó su foto, solo informó sobre su perfil sicológico y brindó datos sobre su trayectoria delictiva, que estaba afectando a la comunidad.
En declaraciones a El País, el presidente de la Comisión de Libertad de Prensa de Información de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), Claudio Paolillo, consideró que la publicación es “de una legitimidad periodística indiscutible, puesto que aborda un tema de alto interés público que tiene que ver con la seguridad pública y difunde hechos ciertos, contrastados debidamente con numerosas fuentes informativas”.
“Es posible que la nota haya traspasado los límites de lo que establece el artículo 11 del Código de la Niñez y Adolescencia, pero es tan evidente el interés periodístico y público de este artículo, que las autoridades del INAU deberían tener en cuenta esa situación y, por lo menos, hacer una excepción”, opinó.
Asimismo, aclaró que la multa “tiene el claro potencial de provocar autocensura en los periodistas que hicieron la nota y en los demás colegas cuando quieran informar sobre hechos similares a los relatados en este artículo”. Añadió que el INAU debería contemplar que “no se trata de una acción sistemática de los periodistas y del diario que se dedican todos los días a vulnerar la privacidad de menores, sino que es un caso muy especial, de enorme interés público, que debería ser considerado por los funcionarios públicos resueltos a multar. No se trata de una vulneración al barrer de la privacidad de unos niños indefensos y desvalidos, sino de información que atañe a una banda de delincuentes que aterra a la población, la cual merece estar informada al respecto”.
EMPRESA GDF SUEZ CONSTRUIRÁ LA REGASIFICADORA
Los técnicos de Gas Sayago recomendaron a la empresa francesa GDF Suez para la construcción de la planta regasificadora en la bahía de Montevideo, según informó el ministro de Industria y Energía, Roberto Kreimerman. La obra de la terminal y la concesión por 20 años que tendrá esta compañía demandará una inversión de unos U$S 125 millones. En tanto, el gobierno espera que la planta esté operativa en marzo de 2015. El jerarca anunció que la planta tendrá una capacidad de almacenamiento de 267 millones de metros cúbicos. Explicó además que se decidió avanzar en la construcción en marzo del año pasado y al llamado se presentaron 12 empresas internacionales, para luego quedar cuatro. La propuesta de GDF Suez fue la que se ajustó a los parámetros establecidos por las autoridades de Gas Sayago en el llamado.
Para el ministro, esta nueva planta “es de vital importancia, ya que forma parte del plan estratégico” del país, por lo que se trata de “un hito fundamental en la matriz energética”.
Por su parte, el presidente de UTE, Gonzalo Casaravilla, destacó que con la capacidad instalada que dejará la planta regasificadora para la generación de energía eléctrica, el país podrá transformarse en un “hub energético”, aprovechando las interconexiones con Argentina y Brasil.
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