Paysandú, Martes 28 de Mayo de 2013
Locales | 28 May En Uruguay las compras por Internet enviadas como encomiendas postales internacionales de entrega expresa que cumplen con determinadas condiciones, están exentas del pago de tributos que gravan las importaciones, así como del IVA. Para eso, el peso del envío no debe exceder los 20 kilos y su valor no debe ser superior a U$S 200 dólares incluyendo costo de traslado, embalajes e incluso transportes en el exterior, además del precio del objeto u objetos adquiridos. En total cada persona puede realizar cinco compras de este tipo al año. Se trata de un régimen de encomiendas especiales para personas físicas exclusivamente, no pudiendo ser utilizado por empresas, ya que la transacción no debe tener fines comerciales.
Dicha franquicia se basa en lo establecido por el artículo 277 de la Ley 18.834 y el decreto 184/2012. A su vez, la Orden de Día 49/12 de la Dirección Nacional de Aduanas establece el régimen es aplicable a las encomiendas postales internacionales de entrega expresa, que arriban al país a través de empresas prestadoras de servicios de correo privado o courier registradas ante la Dirección Nacional de Aduanas.
Otro dato importante es que sólo se puede utilizar este régimen con EMS (Express Mail Service, en inglés), y si no se menciona EMS el comprador queda fuera de esta franquicia, pudiendo adquirir sin impuestos sólo hasta U$S 50.
EMS (Express Mail Service) es un servicio postal internacional de Correo Expreso ofrecido por los operadores postales de los países miembros de la Unión Postal Universal (UPU). Este servicio reconocido mundialmente, posee rastreo desde la imposición hasta la entrega del envío.
EL SISTEMA
Dichas Encomiendas Postales Internacionales de Entrega Expresa, estarán exentas del pago de los tributos aduaneros, así como del Impuesto al Valor Agregado. La compra debe ser realizada sin fines comerciales y el peso bruto del envío no debe exceder los 20 kilos.
El valor en Aduanas no puede superar los 200 dólares y los envíos deberán estar acompañados de la factura original de compra así como de la documentación que justifique los correspondientes montos de flete y seguro.
El envío debe ser recibido en destino por la misma persona física a título personal hasta cinco veces por año.
No entran en el sistema productos que en nuestro país sean gravados por el Imesi, tales como bebidas alcohólicas, cigarrillos, lubricantes y otros. Tampoco podrán ingresarse mercaderías que han sido clasificadas como prohibidas por la normativa o que requieren licencias no automáticas que la normativa disponga (certificados sanitarios, fito-zoo sanitarios, juguetes y neumáticos, entre otros).
En caso de que se trate de envíos que contengan obsequios familiares, ropa usada o equipaje no acompañado de uso personal, estos deberán estar acompañados de la declaración de valor correspondiente.
El decreto no aplica cuando, a pesar de cumplir con el tope de los U$S 200, el paquete contiene: maquillaje, esmalte de uñas, cremas, perfumes, shampoo. Esta categoría incluye cualquier cosmética, artículos artificiales o naturales aplicados a partes del cuerpo humano para su embellecimiento, maquinas de afeitar, artículos de tocador, juguetes, bebidas alcohólicas, lentes de sol, lentes de leer, cosméticos, perfumería en general, para su empleo en cosmetología, tabacos, cigarrillos y cigarros, lubricantes y grasas lubricantes, celulares, equipos de radiocomunicación, teléfonos inalámbricos, semillas así como mercaderías prohibidas o que requieran licencias no automáticas.
PAQUETES RETENIDOS
Según lo informado a EL TELEGRAFO por despachantes de Aduana, el motivo más común de retención de paquetes en Aduanas --algo que pasa a diario-- es que el importe total de la transacción supera los 200 dólares establecidos en la franquicia para compras de comercio electrónico.
En este sentido, señalaron que el comprador debe tener en cuenta que el valor de U$S 200 incluye la mercadería, más el flete interno en el país de origen (por ejemplo, Estados Unidos), más impuestos, el flete desde el origen a Uruguay, y el seguro. En caso de que la empresa cobre por manipular el producto (“handling”), también debe incluirse.Si se supera el monto establecido, el paquete se retiene en Aduanas y el comprador debería hacer el trámite de importación con un despachante de Aduanas, pagando los impuestos legales.
Esta complicación puede resultar especialmente cara para los habitantes del Interior, que deberán trasladarse hasta Montevideo para solucionar el asunto. Además, para realizar el trámite de importación (por el cual hay que pagar el 60% del valor de la mercadería) y despacho aduanero se deberán adjuntar dos timbres de 110 pesos cada uno, además de pagar unos 3.000 pesos de trámites varios (declaración jurada, formularios que se imprimen a través de un servicio privado, comunicaciones, etcétera) y otros 2.000 por los servicios de un despachante de Aduanas.
“En la norma está muy claro que entre compra, fletes y demás el envío no puede superar los 200 dólares; si lo superara entra a regir el Régimen General de Mercadería y corresponde un despacho aduanero, con lo cual se encarece sustancialmente la operación”, dijo un despachante de Aduanas consultado. “En general, quien compra una chuchería no tiene problemas”, aclaró.
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