Paysandú, Miércoles 26 de Junio de 2013
Locales | 24 Jun Ocho meses después de su promulgación con más de la mitad del Parlamento a favor, el pueblo uruguayo ratificó indirectamente la vigencia de la ley Nº 18.987, que entre otras definiciones, despenaliza el aborto bajo determinadas circunstancias.
Era necesario que al menos el 25% del electorado --unas 656.000 voluntades en todo el país y alrededor de 23.000 en el caso de Paysandú-- votara la interposición del recurso de referéndum, para habilitar una votación obligatoria por sí o no a la ley, pero los uruguayos decidieron no llegar a ese punto con una ausencia en las urnas del orden del 90% y que en Paysandú fue también alta.
Pese al llamado realizado por todos los precandidatos presidenciales de los partidos Colorado y Nacional, y la posición pública del precandidato oficialista Tabaré Vázquez de rechazar la llamada “ley del aborto” y donde también opinó fuertemente la Iglesia Católica, los uruguayos mostraron ser partidariamente independientes y laicos en el momento de decidir su voto.
Si bien legalmente los opositores a la ley pueden presentar nuevamente otra instancia para llamar a referéndum, ninguno de los dirigentes nacionales hizo mención a ello.
Ley vigente
De esta manera, queda plenamente vigente la ley de interrupción voluntaria del embarazo, que establece que no se aplicarán los artículos 325 y 325 bis del Código Penal, para el caso que la mujer cumpla con ciertos requisitos que la misma ley establece y solo durante las primeras 12 semanas de embarazo.
Por lo tanto, en todos los demás casos cuando haya pasado más de las 12 semanas previstas o que la mujer no hubiera cumplido con las exigencias legales, el aborto se seguirá penalizando y constituyendo un delito que se castiga con prisión, tanto para la mujer que aborta, siempre y cuando haya previamente consentido, como a todo aquel que colabore para ello.
Se ratificó por la vía indirecta que las mujeres que quieran abortar contarán además con la ayuda médica y psicológica necesaria para que se decisión sea tomada en plena conciencia. Para ello tendrá a disposición un equipo interdisciplinario formado por un médico ginecólogo, otro especialista en la salud psíquica y un tercer especialista en el área social, que deberán brindar apoyo psicológico y social a la mujer, para contribuir a superar las causas que puedan inducirla a la interrupción del embarazo y deberá informar a la mujer de lo establecido en esta ley, de las características de la interrupción del embarazo y de los riesgos inherentes a esta práctica.
También la mujer recibirá información sobre las alternativas al aborto provocado, incluyendo los programas disponibles de apoyo social y económico, así como respecto a la posibilidad de dar su hijo en adopción.
Pensarlo antes
Además, la mujer deberá esperar por un período de reflexión mínimo de cinco días, transcurrido el cual, si ratificara su voluntad de interrumpir su embarazo ante el médico ginecólogo tratante, se coordinará de inmediato el procedimiento, que en atención a la evidencia científica disponible, se oriente a la disminución de riesgos y daños.
De esta manera, y según la ley, la mujer que desee abortar antes de las 12 semanas será debidamente informada, apoyada ginecológica, psíquica y socialmente para que su decisión no sea tomada a la ligera, ni tampoco que --como antes-- deba ser una resolución que tomaba en forma solitaria o sin consejo humano y técnico.
Además, ahora ese aborto se realizará con todas las garantías tendientes a la disminución de riesgos y daños de la mujer intervenida.
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