Paysandú, Lunes 15 de Julio de 2013
Nacionales | 15 Jul La asamblea de la Federación de Profesores de Enseñanza Secundaria (Fenapes) decidió mantener el conflicto en reclamo de mejoras salariales, tema que esperan que sea tratado en la próxima Rendición de Cuentas. Por lo que hoy no habrá clases en los liceos de Montevideo, Paysandú y Minas. Además, habrá una asamblea de la filial de la capital, en el Liceo 71, con el fin de discutir si continuará o no la medida. En tanto, el Codicen resolvió recuperar las clases perdidas por los paros.
La Fenapes resolvió también convocar a cabildos abiertos en todo el país para este jueves, fecha que el gremio aprovechará para informar a la población mediante volantes sobre el conflicto. En tanto, el 25 de julio se sumarán al paro de 24 horas decretado por el Pit Cnt y el domingo 28 se realizará otra asamblea para analizar el estado de la situación.
Por su parte, la Asociación de Maestros (Ademu) retomará hoy las clases, aunque se reunirá en asamblea en el Palacio Sudamérica para evaluar futuras medidas.
Mientras, el Consejo Directivo Central (Codicen) está decidido a recuperar las clases perdidas por los paros de maestros y profesores, pero los docentes rechazan la medida y no están de acuerdo con agregar días. A fines de junio, los directores de Primaria, Secundaria y UTU acordaron con la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) recuperar las clases perdidas por medidas sindicales. Sin embargo, los gremios manifestaron su postura contraria y advirtieron sobre un agravamiento del conflicto.
TRASLADARÁN A
PABLO GONCÁLVEZ
En el marco del cierre de la Cárcel Central, a principios de agosto, Pablo Goncálvez, de 43 años, y Juan Carlos Blanco, de 79 años, serán trasladados a otros establecimientos carcelarios. Ambos reclusos serán evaluados por técnicos del Instituto Nacional de Criminología (Inacri), quienes determinarán a qué lugar serán derivados en función de su perfil, según informó El País. Sin embargo, trascendió que Goncálvez, quien goza de libertad condicional, podría ser trasladado a la chacra de Campanero en Lavalleja o a la ciudad de San José.
El director del Instituto Nacional de Rehabilitación (INR), Luis Mendoza, dijo que aún no se realizó la evaluación de Goncálvez, quien fue enjuiciado en 1993 por los homicidios de Ana Luisa Miller, Andrea Castro y María Victoria Williams. Si bien su pena de prisión es de 30 años, el recluso logró la libertad condicional al cumplirse los dos tercios de la pena prevista.
Mendoza afirmó que el caso de Juan Carlos Blanco, acusado de los homicidios de Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz, es similar al de Goncálvez. Además enfrenta un proceso judicial por la desaparición de la militante Elena Quinteros, por el que fue procesado en octubre de 2002 y estuvo en prisión hasta mayo de 2003. La fiscal Mirtha Guianze solicitó que sea condenado por el delito de desaparición forzada, por lo que a fines de 2008 pidió una pena de 20 años de penitenciaría, aunque no regresará a la cárcel puesto que se le otorgó libertad provisional. Anteriormente la Cárcel Central contaba con mejores condiciones de alojamiento por encima del resto de los establecimientos carcelarios. Sin embargo, hoy el INR cuenta con cuatro tipos de cárceles: alta, media y baja seguridad y de confianza. “Algunos de los centros de hoy son mejores que Cárcel Central, nosotros impulsamos la progresividad del tratamiento de los internos. No puedo derivar a un interno a un centro que, en lugar de progresar, retroceda”, explicó Mendoza. La Cárcel Central dejó de depender de la Jefatura de Montevideo y fue incorporada en la órbita del INR desde el pasado miércoles. En tanto, el Ministerio del Interior pretende vender los edificios de la Jefatura de Montevideo, que será trasladada a un predio policial en José Pedro Varela y Propios, y de la Cárcel Central, puesto que un grupo inversor tiene como objetivo construir en ese lugar un emprendimiento hotelero o comercial.
LEY DE MEDIOS VIOLA
TRATADO CON EE.UU.,
SEGÚN UNA EMPRESA
La empresa de televisión para abonados DirecTV aseguró que el proyecto de regulación de los Servicios de Comunicación Audiovisual viola el Tratado de Protección de Inversiones entre Uruguay y Estados Unidos. Si se llegara a instancia de conflicto, la compañía podría presentar un arbitraje internacional contra nuestro país en la Comisión de Industria de Diputados (Ciadi). Según informó radio El Espectador, DirecTV consideró que el proyecto le perjudica puesto que el artículo 46 establece límites en la cantidad de suscriptores que pueden tener las empresas que prestan el servicio, alcanzando el 35% de los abonados a nivel nacional o 25% local. La gerenta de asuntos legales e institucionales de la empresa, Mercedes Ros, consideró que “el proyecto desalienta la competencia entre los servicios de comunicación audiovisual. La exposición de motivos refiere a una ‘competencia equilibrada y justa’ entre las empresas. Sin embargo, observamos que las disposiciones no son consistentes con el equilibrio y la justicia aspirados”.
El artículo 46 viola el derecho de la seguridad jurídica, derecho consagrado por el artículo 7° de la Constitución. La seguridad se traduce en la protección y en la garantía del goce de los derechos. En este caso, la afectación a la seguridad jurídica se traduce en un cambio de reglas de juego, puesto que se modifican las reglas de la competencia y de libertad de comercio. En tal sentido, Ros señaló que la empresa se instaló en nuestro país amparada por normas que le permitían desarrollar su actividad en libertad.
El artículo 46 afecta también el derecho de igualdad, consagrado en el artículo 8° de la Constitución, el cual no debe admitir restricciones por razones de interés general como sí lo permite la Carta Magna respecto de otros derechos y libertades. En tanto, este artículo del proyecto impone un porcentaje máximo de suscriptores, favoreciendo a unas empresas por sobre otras, y permite a algunas personas elegir cuál empresa contratar. La restricción de la cantidad de abonados, que afectará solamente a DirecTV, viola al menos dos tipos de derechos protegidos por el tratado. “En primer lugar, viola las garantías del tratado frente a medidas gubernamentales equivalentes a una expropiación. Es lo que se conoce como expropiación indirecta, que supone actos estatales de interferencia con el uso o disfrute de un derecho de propiedad tangible o intangible del inversor”, sentenció Ros.
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