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Paysandú, Sábado 27 de Julio de 2013

De los Santos vio reparto de cocaína y actos obscenos

De los Santos presenció distribución de droga y actos obscenos en la fiesta

Policiales | 23 Jul El exsecretario general de la Intendencia Departamental de Paysandú, Horacio De los Santos, y G.F., funcionaria encargada de la Casita del Parque, fueron procesados con prisión por la jueza penal de Segundo Turno, Karen Ramos, por un delito de abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley, al entender la magistrada que ambos funcionarios municipales debieron intervenir ante los actos impúdicos y la distribución de estupefacientes que ambos presenciaron durante la fiesta organizada por Sergio Carballo, encarcelado por organizar orgías con menores en moteles de Paysandú.
Según el auto de procesamiento de De los Santos, “amigo personal de Sergio Carballo, consiguió una casa de propiedad de la Comuna, ubicada en el predio del Parque Municipal, frente al Zoológico, para realizar dicha reunión, que fue organizada por Carballo”. A dicha fiesta concurrieron las adolescentes (...), de 17 años, hija de un conocido narcotraficante actualmente en prisión, (...), de 16 años, y (...), de su misma edad, invitadas por Carballo. Además, se hicieron presentes, también invitados por Carballo, (...), salteño aficionado a las competencias hípicas, su jockey (...), (...), y (...), encargada de la Casita. La fiesta duró aproximadamente cuatro horas --entre las 22 del jueves y las 2 del viernes--, en la que, además de compartir un asado, los asistentes consumieron whisky y cocaína, que “se encontraba a disposición en la mesa para que los concurrentes se sirvieran”, sin que se pudiera determinar quién o quiénes la llevaron al lugar, ni la cantidad de sustancia.
Vieron droga y osbcenidades
Pese a que se probó la existencia de droga, De los Santos y la funcionaria municipal a cargo de la Casita negaron haberla visto. No obstante, sí se comprobó que ambos presenciaron la facilitación de cocaína a las menores, y “actos obscenos” cometidos por Carballo con una menor de edad en el exterior de la vivienda, sin que el entonces secretario general y la encargada del lugar hubieran interpuesto “un freno a la situación o una iniciativa para dar fin a la reu-nión”. La semiplena prueba de ello surgió de “oficios policiales de la Dirección de Investigaciones, relevamiento fotográfico, declaraciones de funcionarios de la Dirección de Investigaciones y Radio Patrulla, declaraciones testimoniales y declaraciones de los indagados”.
“Justificación insuficiente”
La magistrada actuante no consideró una justificación suficiente la declaración de De los Santos al alegar que “el consumo de alcohol pudo inhibirlo a adoptar una actitud de ésta índole; máxime tratándose de que la finca no era de su propiedad sino un bien del dominio público estatal en el que se estaban ejecutando actos ilícitos y moralmente reprochables como los reseñados”.
De los Santos y la funcionaria se retiraron de la fiesta próximo a las 2 en el vehículo del exjerarca, en el que también iba la adolescente (...), hija del traficante aludido y poseedora de anotaciones policiales, con la cual De los Santos había estado conversando y cantando durante el transcurso de la reunión. Cuando el auto de De los Santos, marca Renault Fluence, matrícula IAD 2538, fue detenido en Montecaseros y Benito Chain, se le efectuó el examen de alcoholemia que arrojó como resultado 18,2 decigramos (1,82 gramos) de alcohol por litro de sangre. La jueza consideró que surgieron “elementos suficientes de que De los Santos y la funcionaria municipal han incurrido en un delito de abuso de funciones en casos no previstos especialmente por la ley”.
Según consigna la magistrada en el documento indicado, “la buena imagen de la Administración municipal resultó afectada a través de la participación por parte de De los Santos y la funcionaria municipal en una fiesta donde se ejecutaron actos impúdicos, contrarios a la moral y a las buenas costumbres”.
El delito por el cual De los Santos y la funcionaria fueron procesados es castigado con “prisión de tres a 24 meses, e inhabilitación especial de dos a seis años”, y es excarcelable.


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