Paysandú, Jueves 01 de Agosto de 2013
Locales | 27 Jul Los ediles Mauricio de Benedetti y Jorge Boffano votaron contra la solicitud de juicio político al intendente Bertil Bentos que planteó el Frente Amplio, en mérito a que no se daban las circunstancias previstas en estos casos por la Constitución de la República.
De Benedetti recordó en su fundamentación de voto que, “según la Constitución y disposiciones transitorias, para votar un juicio político la acusación se podría realizar por dos causales: la violación a la Constitución u otros delitos graves, por los cuales se entienden aquellos que pueden dar lugar a penas de penitenciaría mayor a dos años o que inhabiliten para el ejercicio de la función pública. Según lo expresado en sala durante la interpelación, acá se hizo foco en dos cosas, la falta de control en la función de los bienes municipales y la explotación de menores. Como fue un cargo delegado, entiendo que cuando se delega se es responsable (caso del intendente Bertil Bentos) pero no culpable”.
Leyó artículos de la Constitución que fundamentan su voto contrario al juicio político: “Artículo 275º en el numeral 5, dice que ‘corresponde al intendente nombrar los empleados de su dependencia, corregirlos y suspenderlos, destituirlos en caso de ineptitud, omisión y delito’. Y en el numeral N dice ‘cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes’. Pero el artículo 181º dice que ‘son atribuciones de los ministros en sus respectivas carteras y de acuerdo con las leyes y disposiciones del Poder Ejecutivo hacer cumplir la Constitución, las leyes, decretos y resoluciones’”.
“En el artículo 162º de la Constitución se señala ‘el gobierno y administración de los departamentos con excepción de los servicios de seguridad pública serán ejercidos por una Junta Departamental y un intendente’. Repito, ‘con excepción de los servicios de seguridad pública’”, sostuvo el edil De Benedetti en alusión directa a que no es competencia directa del gobierno departamental controlar situaciones como la explotación sexual de menores, como se planteó en sala por la edila interpelante.
A su vez, Jorge Boffano fundamentó su posición señalando: “Voto en forma negativa por la experiencia administrativa que tengo, sé que cuando hay un jerarca éste delega la tarea pero no la responsabilidad. Ahora, no es culpable cuando --en el área de su competencia-- se cometen actos reñidos con la administración. Si tuviera un elemento que me diera la certeza de que el señor intendente sabía o que el encargado de departamento tenía conocimiento de lo que pasaba, entonces actuaría de otra manera, pero como no lo tengo, no puedo cargar las culpas al intendente”.
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