Paysandú, Miércoles 04 de Septiembre de 2013
Locales | 03 Sep En momentos en que quien tiene a su cargo esta columna buscaba elementos aptos para insertar como base de la edición presente, el contenido de un comentario publicado aquí hace más de dos años sobre la plena vigencia de nuestra raigambre democrática fue considerado apto al respecto. Lo sustancial de su contenido, por tanto, se ha de reiterar en la presente columna.
Muchas veces se ha entendido que es muy útil subrayar que en el país rige, y mantiene plena vigencia, un régimen jurídico democrático basado en principios y en muy claras normas de su Constitución, aprobadas con profunda convicción desde que el 18 de julio de 1830 se juró su primera Carta Constitucional, y que también guiaron ulteriormente la aprobaron de sus reformas.
Y por encima de todo ese proceso se debe señalar, con igual convicción, que todo lo que se contiene en tal proceso no solo está plenamente inserto en las normas e institutos de nuestro régimen constitucional, sino que simultánea y también plenamente, conforman muy profundas convicciones de la ciudadanía que contribuyen a inspirar, y a ser apoyo, de la forma en que gobernantes y ciudadanos naturalmente actúan en su actividad cívica.
Hay muchos ejemplos que son aptos para sustentar tales puntos de vista, pero al respecto se expuso, en dicha nota, dos casos concretos, uno suscitado hace ya varias decenas de años, el otro hace apenas algo más de dos años. Ellos serán enseguida explicados porque, aunque muy sencillos, mucho es en esencia lo que su contenido revela.
En circunstancias en que, hacia noviembre de 1950, ejercía la presidencia de la República el señor Luis Batlle Berres, quien por haber sido vicepresidente debió sustituir en 1947 al presidente señor Tomás Berreta con motivo de su fallecimiento, el día de las elecciones nacionales de tal período gubernamental se le pudo observar integrando larga cola de espera para poder depositar su voto en el circuito correspondiente, en episodio que fue uno de los muchos similares que, tal como es normal o habitual, se pudieron observar ese día, relacionados con tales elecciones, en el país.
El otro episodio se dio en 2011 cuando, al realizarse el 27 de marzo las elecciones para integrar el directorio del Banco de Previsión Social, el presidente José Mujica, ya en espera en el circuito donde le hubiera correspondido votar, se vio impedido de emitir su voto porque su inscripción aún no tenía la antigüedad requerida al respecto; explicada que le fue tal circunstancia, se retiró del lugar al ser informado del motivo que lo imponía. Todo tan simple y tan claro como se expone.
Vale decir: en ambos casos, quienes respectivamente ejercían el cargo de Presidente de la República, actuaron como hubiera correspondido a simples ciudadanos, haciendo cola uno para votar, y aceptando el otro, en iguales circunstancias, la negativa a que se recibiera su voto, al serle explicado, por un funcionario con la debida competencia, cuál era el fundamento legal de la negativa a que entonces lo pudiera emitir.
Tales hechos, suscitados en un régimen democrático, ponen en evidencia, en primer término, algo que es muy claro: que todos los ciudadanos tienen iguales derechos y deberes; por tanto, que tal igualdad marca con precisión cuáles son las actitudes que se deben adoptar cuando se han de realizar actos que imponen a todos iguales derechos. Además, que los mandatos que emanan de las normas alcanzan por igual a todos los ciudadanos, al margen de las jerarquías, las funciones, las tareas o los deberes normalmente a su cargo, y que ello se ajusta plenamente al régimen democrático que emana de las normas en vigor.
Como también se sostuvo en la columna precitada en conceptos que entonces se glosaron, el país así está demostrando al mundo su identidad con apego a valiosas ideas que son, entre otras, sustancialmente, la libertad, la democracia, la estabilidad política, que si bien por sí mismas no garantizan el bienestar ni el futuro, cada uno debe contribuir a ganarlo con su esfuerzo personal, y la colectividad con su esfuerzo colectivo a través de partidos políticos y gobiernos, y de sus respectivas directivas.
Tal como se expresó al culminar dicha columna, los episodios analizados, no obstante su sencillez, marcan con precisión la realidad que emana de las claras normas que consagran el régimen democrático del país, y de la muy profunda convicción democrática de sus ciudadanos, que orientan la conducta cívica de gobernantes y de ciudadanos, totalmente al margen de acuerdos o disidencias políticas e ideológicas.
Con muy profunda convicción se vuelve a insertar tan importantes conceptos.
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