Paysandú, Viernes 06 de Septiembre de 2013
Locales | 04 Sep La Comisión Nacional Honoraria de Bienestar Animal (Conahoba) fue creada por la Ley 18.471 como un organismo desconcentrado dependiente del Ministerio de Educación y Cultura con el objetivo de conservar y mejorar la calidad de vida de los animales, contribuyendo mediante su accionar a estimular la tenencia responsable, el control de las poblaciones de animales de compañía y un vínculo más armónico de la sociedad con los animales, velando por la preservación de las condiciones de salud, tanto humana como animal, así como el cuidado responsable del ambiente.
Entre sus competencias está la de recibir y diligenciar las denuncias sobre actos de maltrato y abandono de animales; actuar de oficio cuando corresponda, pudiendo requerir la intervención del Ministerio del Interior, autoridades sanitarias y judiciales competentes.
La ley establece también que la Conahoba puede administrar y disponer de recursos, comunicarse directamente con todas las reparticiones públicas, las que tendrán la obligación de prestar su más amplia cooperación; firmar convenios de intercambio técnico, apoyo financiero o de desarrollo de programas; recibir herencias, donaciones y legados y administrar esos recursos.
Asimismo, está facultada a confiscar aquellos animales sujetos a maltrato o crueldad por sus tenedores tomando las medidas más adecuadas a las circunstancias del caso, aplicar multas y recurrir al auxilio de la fuerza pública cuando sea necesario para el cumplimiento de sus cometidos, así como denunciar ante la Justicia a los infractores de la Ley de Bienestar Animal.
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