Paysandú, Martes 10 de Septiembre de 2013

FIDEICOMISO DEBERÁ SER
“INFORMADO” A LA JUNTA

Paysandú firma convenio con el MIEM en beneficio de las MYPE

Locales | 04 Sep Mañana jueves, antes de comenzar el plenario mensual del Congreso de Intendentes, que se desarrollará en Montevideo, la Intendencia de Paysandú --junto a las de Artigas y Salto-- firmará un convenio con el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), a través de su Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas (Dinapyme) y el LATU.
El mismo tendrá como objetivo favorecer el crecimiento y sustentabilidad de las micro y pequeñas empresas (MYPE), con el fin de mejorar su gestión productiva y promocionar la diversificación de productos y servicios. El proyecto cuenta con el apoyo de la Corporación Andina de Fomento (CAF).
Del acto participarán el ministro de Industria, Energía y Minería, Roberto Kreimerman y los intendentes Bertil Bentos, Germán Coutinho (Salto) y Patricia Ayala (Artigas).
APROBACIÓN DEL FIDEICOMISO
En tanto, la Intendencia de Paysandú espera que la Comisión Intersectorial del Congreso de Intendentes apruebe el fideicomiso solicitado en julio pasado, por un monto de cinco millones de dólares para la realización de diversas obras en el departamento.
Se trata de un fideicomiso financiero, definido por la ley 17.703 como “aquel negocio de fideicomiso cuyos beneficiarios sean titulares de certificados de participación en el dominio fiduciario, de títulos representativos de deuda garantizados con los bienes que integran el fideicomiso, o de títulos mixtos que otorguen derechos de crédito y derechos de participación sobre el remanente”.
El pago del fideicomiso se realizará a través del 7% de la recaudación que la Intendencia de Paysandú obtendrá durante los siguientes veinte años (después de los dos primeros de gracia) por el Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive). Tanto el Sucive como el fideicomiso son administrados por República Afisa.
Aunque en los hechos el pago se efectuará en futuras administraciones municipales, el artículo 3 de la ley 17.703 establece que “cuando el fideicomiso tenga por fin la realización de una obra pública municipal, las intendencias municipales podrán constituirlo mediante la cesión de derechos de créditos de tributos departamentales, dándose cuenta a la Junta Departamental”.
Consultado el intendente Bentos sobre el particular, dijo que “haremos lo que establezca la ley y las reglamentaciones en vigencia”, aunque subrayó que la ley indica que “tenemos que informar a la Junta”.
El diputado Walter Verri había indicado que “la Junta Departamental debe aprobar el fideicomiso mediante mayoría especial de 21 votos”, pero Bentos hizo hincapié en la redacción de la ley, que “establece que informemos a la Junta Departamental del fideicomiso y sus alcances”.


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