Paysandú, Miércoles 18 de Septiembre de 2013

BPS habilitó mecanismos para informar sobre devolución de excedentes de Fonasa

Locales | 13 Sep Desde la víspera es posible trabajadores y jubilados pueden consultar si tienen saldo disponible por devolución de excedentes de aportes al Fonasa, en el sitio web del BPS (https://devolucionfonasa.bps.gub.uy).
La consulta estará disponible durante las 24 horas, todos los días de la semana, incluyendo sábados y domingos. Además, se podrá consultar y cobrar con posterioridad a la fecha fijada en el calendario de cobros.
Al respecto, el BPS solicitó la mayor comprensión por parte de la ciudadanía, dado que la aglomeración de consultas, “pese a las previsiones que han sido tomadas, puede sobresaturar el servicio y afectar toda la web del BPS, necesaria para el normal funcionamiento del organismo en todo el país, para la realización de otras consultas además de la Devolución Fonasa, diversos trámites y agendas entre otros”.

A QUIÉNES CORRESPONDE
La devolución corresponde a todos los jubilados y pensionistas con ingresos promedios mensuales superiores a $ 43.278 y a todos los trabajadores con ingresos promedio mensuales superiores a $ 39.949.
Estas cifras son el tope máximo anual del Fonasa y a los efectos de la devolución se deberá considerar el total de aportes personales al fondo realizados en el período enero-diciembre en calidad de trabajador dependiente, titular de unipersonal con cobertura, persona física prestadora de servicios personales fuera de la relación de dependencia.
En el caso de jubilados y pensionistas, también se considera el tope máximo anual Fonasa, que surge de la suma del Costo Promedio Equivalente (CPE) mensual incrementado en un 25%, correspondiente al beneficiario y a quienes atribuye amparo (menores o mayores con discapacidad y cónyuge o concubino) por los meses del ejercicio 2011 en los cuales fue beneficiario. Los menores o mayores con discapacidad a cargo, se computan en partes iguales entre los generantes que les atribuyen el amparo al Seguro Nacional de Salud.
“El importe de devolución surge de la diferencia entre el total de aportes personales menos el máximo anual, teniendo en cuenta que los importes por concepto de Devolución Fonasa, son aportes personales que fueron considerados como deducciones para la determinación del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas de los trabajadores activos, se aplicará una retención del 20% por dicho concepto, atendiendo a lo establecido en Resolución 575/012 de DGI de 21 de marzo de 2012. Corresponde señalar que este año, la liquidación contempla diferencias por ajustes de información que hubieren afectado la devolución del ejercicio anterior. Las mismas obedecen a rectificativas de remuneraciones y modificaciones de núcleos, realizadas con posterioridad a la determinación de la Devolución Fonasa 2011. Dichas diferencias serán acreditadas o debitadas con la Devolución Fonasa 2012”, informó el BPS.

COBRO A PARTIR DEL 23
Aquellos trabajadores, jubilados o pensionistas que les corresponde cobrar esta devolución de excedentes de aportes al Fonasa, podrán hacerlo a partir del lunes 23 de setiembre de 2013, según el calendario previsto por la institución -- también disponible en el sitio web-- y con posterioridad al mismo.
Los medios disponibles para consulta son los siguientes: call center 0800 2016, ingresando el número de documento y la fecha de nacimiento; sitio web (https://devolucionfonasa.bps.gub.uy/), ingresando el número de documento y la fecha de nacimiento. Para acceder a la consulta detallada se requiere que el titular digite una serie de datos identificatorios.
También está disponible el servicio en línea en Consulta Mis Aportes que brindará los detalles de la liquidación y estará disponible para usuarios registrados con contrato personal. En la web también se dispone de información relacionada con esta devolución: preguntas frecuentes, valores, tasas de aportación y normativa. El cobro podrá realizarse a través de depósito bancario y la red de locales habilitados. En este sentido, quienes dispongan de una cuenta bancaria, podrán solicitar se acredite la devolución realizando la gestión ante su institución bancaria.
Las solicitudes efectuadas hasta el 18/9/2013, serán acreditadas el 23/9/2013. Las posteriores se acreditarán en el mes siguiente al de su solicitud. La red de locales habilitados Abitab, Anda, Interdatos, Red Pagos, Supermercados El Dorado y BPS (Montevideo: Edificio Sede - Colonia 1851 PB Tesorería), debiendo presentarse el titular con documento de identidad vigente, a partir de la fecha establecida en el calendario señalado.


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