Paysandú, Miércoles 20 de Noviembre de 2013

En breve entra en vigencia nuevo régimen de licencia maternal que implica mayores beneficios para padres

Nacionales | 16 Nov Comenzará a regir en 10 días la nueva ley de licencias por maternidad y paternidad, por lo que las madres o padres que estén gozando del beneficio quedarán comprendidos en el nuevo régimen y podrán extender sus días.
La ley que introdujo modificaciones en la normativa actual estará vigente el 25 de noviembre. Los trabajadores del sector privado tendrán derecho a más días de licencia cuando tengan hijos, las mujeres pasarán de tener 12 a 14 semanas de licencia y padre o madre podrán hacer uso de la media jornada hasta que el bebé cumpla cuatro meses. En declaraciones al programa radial “No toquen nada”, recogidas por El Observador, la subdirectora de la Dirección Nacional de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Ivonne Pandiani, dijo que “el criterio es que todos los nacimientos que ocurran en estos días están incluidos. (...) Esto significa que se les extenderá (a las madres) a dos semanas más y que podrán hacer uso del medio horario parental hasta los cuatro meses de vida (del bebé)”. La ley que planteó los cambios se promulgó el 1º de noviembre.
Asimismo, a partir del 1º de enero de 2015, los padres tendrán siete días de licencia después del nacimiento del bebé y la media jornada se extenderá hasta los cinco meses. En tanto, a partir del 1º de enero de 2016, los padres tendrán 10 días de licencia después del nacimiento del bebé y la media jornada se extenderá hasta los seis meses.
La iniciativa del Poder Ejecutivo fue apoyada por la oposición por ambas cámaras. Las mujeres que trabajen en el sector privado tendrán una semana más de licencia en la etapa maternal que las del sector público, mientras las madres que trabajan en el Estado tendrán 13 semanas.

COMPARTIRÁN DATOS
SOBRE TRABAJADORES
En el marco del Día Nacional de la Inspección del Trabajo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) y el Banco de Previsión Social (BPS) presentaron dos medidas, basadas en el intercambio de información, que permitirá mejorar la gestión y fiscalización, con el objetivo de evitar la informalidad laboral y promover la equidad y cumplimiento de los derechos para los trabajadores, publicó el portal de Presidencia.
El ministro de Trabajo, Eduardo Brenta, sostuvo que a través de este mecanismo se tendrá la información en tiempo real de los datos que maneja el MTSS, a través de la Inspección de Trabajo, y el BPS. También se suma el MTOP en relación con un sector considerado de especial importancia por el Gobierno: el transporte de carga carretero. En tal sentido, los organismos compartirán la información y conocerán si las empresas cumplen con los aportes al BPS, con laudos que se establecen en los Consejos de Salario, en tiempo real para los inspectores del BPS y del MTSS.
El presidente del BPS, Ernesto Murro, indicó que esta interoperabilidad entre instituciones fiscalizadoras es un hito que hasta el momento solamente se había establecido con la Dirección General Impositiva (DGI). De esta manera se tiende a garantizar el cumplimiento de los derechos laborales y se apunta a evitar la informalidad, puesto que, como indicó Brenta: “un trabajador informal es un trabajador pobre”, enfatizó.

APU “SATISFECHA”
CON DECISIÓN DE
“CENSURA PREVIA”
A través de un comunicado, la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU) expresó su “satisfacción” por la decisión de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) de comenzar un sumario administrativo al juez de Paz de la 4ª sección de Durazno, Santiago Lorenzo, quien advirtió a la periodista Estela Apollonio que por “recibir denuncias” contra las autoridades locales se exponía a ser juzgada por delito de difamación e injuria, informó El Espectador. En otro comunicado del pasado 30 de octubre, “la APU había expresado su total rechazo a esta acción judicial que implicaba la censura previa y afectaba seriamente la libertad de expresión consagrada en el Artículo 29 de la Constitución de la República”. También había formulado “la correspondiente denuncia de este caso ante la Institución Nacional de Derechos Humanos”.
“La decisión de la Suprema Corte de Justicia, que recibió un informe por escrito del juez Lorenzo y luego de analizarlo decidió iniciarle un sumario administrativo, resulta ejemplarizante para evitar en el futuro la reiteración de este tipo de notorias ilegalidades de parte de los magistrados”, expresó el texto emitido ayer por la APU. Agregó que “la APU reitera su solidaridad con la colega Apollonio y exhorta a los trabajadores de los medios de comunicación de todo el país a estar alerta para denunciar públicamente en forma inmediata cualquier tipo de atropello a principios fundamentales del régimen democrático que nos ampara, vengan de donde vengan”.

TRES INSPECTORES DE TRÁNSITO AGREDIERON
A JOVEN EN LA CAPITAL
Tres inspectores de tránsito golpearon a un joven de 22 años dentro de un kiosco, ubicado en Lezica y Santa María en Montevideo, y destrozaron el local, causando además heridas a una empleada. Los dueños realizaron la denuncia penal contra los uniformados, informó Subrayado.
En declaraciones a El País, Elizabeth, la empleada del local, informó que el joven fue “a comprar una bebida y ellos vinieron a provocar. Me rompieron todo, hasta las computadoras de la quiniela. Es más, cayeron varios vidrios al piso y me lastimaron el pie”.
“Al muchacho le pegaron piñas, patadas, de todo lo hicieron. Y ahora tengo el kiosco hecho un desastre”, agregó. Además relató que cuando llegó la Policía, los inspectores declararon que el joven había entrado al comercio a robar, pero la empleada sostiene que esa versión es falsa. Luego de la agresión, llegó otro inspector que “dijo que era el que mandaba y se fueron todos”. En tanto, los propietarios del comercio radicaron la denuncia penal contra los inspectores por los destrozos que en el local.

PERICIAS DEL ACCIDENTE
DE GHIGGIA
La defensa del camionero que fue procesado por el siniestro de tránsito que involucró al exfutbolista Alcides Ghiggia, insiste en que las pericias realizadas al vehículo del exdeportista demuestran que no utilizaba cinturón de seguridad y que no estaba en condiciones de conducir al momento del accidente. Montevideo Portal accedió a las fotografías incluidas en las pericias realizadas en el automóvil de Ghiggia, donde se observa el impacto provocado por el conductor en el parabrisas y en el volante, y de la posición en que se encontraba el cinturón de seguridad luego del choque.
La Fiscalía solicitó en agosto una pena de 24 meses de prisión para el camionero Hugo Umpiérrez como “autor de un delito de lesiones graves culpables calificadas por el resultado”, aunque la defensa del camionero informó que apelará la decisión de la Justicia, en caso de que se confirme la condena, puesto que afirman que el día del accidente “ni Ghiggia ni la persona que iba en el asiento trasero usaban cinturón”, señalando que eso se desprende de las fotografías incluidas en las pericias que tiene la Justicia. Consultados por Montevideo Portal, desde el estudio jurídico Yamandú García y Asociados consideraron que si la Justicia imputa dos años de prisión al camionero se trataría de “un cambalache jurídico”. Aseguraron también que “la libreta de conducir que tenía Ghiggia le exigía conducir con lentes y él mismo reconoció que no los estaba usando porque ‘no los necesitaba’”. Además afirmaron que las pericias demuestran que el vehículo del exfutbolista “nunca frenó” después de ver al camión, lo que según la defensa del camionero indica que los reflejos de Ghiggia no estaban en condiciones óptimas para conducir.


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