Paysandú, Sábado 23 de Noviembre de 2013
Locales | 22 Nov Las empresas de servicio de taxímetro que compren unidades cero kilómetro con motor a nafta recibirán durante dos años un subsidio de diez pesos por litro, de acuerdo a un proyecto de ley aprobado por la Cámara de Diputados y que antes de fin de año se aprobará por el Senado para ser promulgado por el Poder Ejecutivo.
El diputado frenteamplista por Salto Andrés Lima, dijo a EL TELEGRAFO que “el proyecto de ley salió de la Comisión de Hacienda y se votó en el plenario con el consenso de todos los partidos”, y que seguramente lo mismo sucederá en el Senado. Se trata de un proyecto presentado por el diputado Alfredo Asti, y que cuenta con el aval del Poder Ejecutivo, por lo que si el Senado lo aprueba en diciembre, entrará en vigencia el 1º de enero.
A TRAVÉS DE DGI
Especificó que “a los titulares de permisos para prestar el servicio de taxi se les devolverá parte de los impuestos que pagan por consumir nafta, a través de la Dirección General Impositiva”.
El texto establece que “recibirán la devolución de impuestos que se pagan en el precio de la nafta todos los contribuyentes de la Dirección General Impositiva (DGI), en su carácter de titulares de permisos para la prestación del servicio de transporte de personas en automóviles con taxímetro, siempre que se encuentren al día con sus obligaciones tributarias a la DGI y sus obligaciones de seguridad social con el BPS”. La única condición es para los límites en los litros de nafta consumida para recibir el subsidio de los $ 10, y mientras para 16 departamentos del Interior ese límite mensual es de 350 litros, para los permisarios de taxi de Maldonado y Canelones es de 700 litros y para Montevideo 1.000 litros mensuales.
MÁXIMO DE 24 MESES
Expresó Lima que “el reintegro será recibido por los contribuyentes de la Dirección General Impositiva por medio de certificados de pago, en su carácter de permisarios para la prestación de servicio de transporte de personas en automóviles con taxímetro, durante un máximo de 24 meses consecutivos contados a partir de la afectación al servicio de un vehículo nuevo con motor a nafta”. Si hubiera variación en el precio de la nafta, el descuento “se ajustará en la misma oportunidad y en el mismo porcentaje que se ajuste el valor del Impuesto Específico Interno correspondiente a la primera enajenación a cualquier título de la Nafta Super S.P.”
“La intención es que el Senado vote esta iniciativa antes de la culminación del presente año, y que su entrada en vigencia no se prolongue más allá del 1º de enero de 2014”, afirmó el legislador.
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