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Paysandú, Martes 11 de Febrero de 2014

Escribe el Dr. Rodolfo canabal

Las relaciones entre los poderes Judicial y Ejecutivo

Locales | 11 Feb Las importantes diferencias entre las atribuciones constitucionales que corresponden al Poder Judicial y al Poder Ejecutivo suelen generar, también, diferencias de criterio entre ambos poderes, pero lo normal es que carezcan totalmente de trascendencia para afectar la normal, o excelente, relación entre ambos, como obviamente corresponde.
No obstante, se han dado casos en los cuales tales diferencias de criterio han dado lugar, aunque ello no corresponda, a ciertas situaciones equivocadas, en particular cuando tienen en su base criterios políticos que sustenta la fuerza política gubernamental que han incidido en la gestión del Poder Ejecutivo.
En algunas oportunidades en esta columna se ha emitido opinión sobre casos concretos derivados de tales situaciones, que en general no dieron lugar, como corresponde, a enfrentamientos entre dichos poderes. Sin embargo, se ha dado un caso que lamentablemente ha generado hechos no ciertamente favorables. La referencia es a lo derivado de la opinión desfavorable que el Poder Ejecutivo ha sustentado relativamente al traslado, por la Suprema Corte de Justicia, de una magistrada que tenía a su cargo muchos casos sobre violación a los derechos humanos, de la jurisdicción penal a la civil, la Doctora Mota. Dicho caso fue más de una vez invocado en documentos emitidos por el Poder Ejecutivo, y generó que algunos ministros de la Suprema Corte expusieran opiniones críticas a lo actuado al respecto por el Poder Ejecutivo, y que su presidente, el Doctor Larrieux, expresara recientemente, en el acto de toma de posesión de su actual investidura, entre otros conceptos, lo que a continuación se transcribe: “Los incidentes en la sede del máximo órgano judicial en febrero del año pasado, los cuestionamientos a sus decisiones técnicas, implicó --a mi criterio y sin comprometer a mis colegas-- el intento de desvalorizar el sistema democrático apoyado en tres poderes independientes”.
Es pertinente señalar que en dicho acto estaba presente el presidente de la República, señor José Mujica, que su presencia fue favorablemente considerada por el Doctor Larrieux, sin perjuicio de haber señalado que no sabía que el presidente estaría presente en el acto, y de expresar a su respecto que “siempre afirmó el respeto pleno a nuestras decisiones”, lo cual es muy claro para acreditar que las disidencias no han tenido por cierto trascendencia.
Limitamos a lo expuesto lo que, en esencia, se pretende señalar mediante la presente muy breve columna, que no es sino subrayar, con profunda convicción, que los magistrados que emitieron en el caso analizado expresiones críticas incurrieron en error, pues sus palabras, así lo entiende el responsable de esta columna, rebasaron lo que es razonable emitir públicamente por quienes integran la Suprema Corte de Justicia, y obviamente por quien la preside, y en acto público. Aunque tales expresiones no estén inspiradas políticamente, la similitud de su forma de expresión con las opiniones que se suelen emitir bajo tal inspiración es grande, y puede dar lugar a errónea interpretación.
El respeto que merecen quienes ejercen como magistrados judiciales, y especialmente aquellos que por sus particulares ejecutorias han sido promovidos a integrar la Suprema Corte de Justicia, está en la base del presente comentario.


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