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Paysandú, Viernes 11 de Abril de 2014

Lo que se podrá vender en cantinas escolares y liceales

Locales | 07 Abr La Dirección Departamental de Salud presentó formalmente a los directores de centros educativos de Paysandú y a los responsables de las cantinas el listado de alimentos saludables “recomendados” en la Ley 19.140 aprobada en noviembre de 2013 y el decreto reglamentario del pasado 11 de marzo para su venta en las cantinas y kioscos de los centros educativos. El decreto también prohíbe la publicidad directa o indirecta en los centros, de alimentos que no estén en la lista y prohíbe que haya saleros a la vista de los alumnos.
El director Departamental de Salud, licenciado en enfermería Juan Gorosterrazú, dijo que “esta ley de hábitos alimenticios saludables intenta proteger a los niños en cuanto a veces no tienen la opción o el concepto de alimentación saludable arraigado y muchas veces se tientan por una promoción. Lo otro importante es el diagnóstico de la población en general que nos preocupa porque tenemos un alto porcentaje de diabéticos e hipertensos en personas adultas, adolescentes y niños”. Dijo que “hay trabajos realizados con datos de centros educativos de Primaria y Secundaria públicos y privados. Sabemos que el 70% de los adolescentes consumen refrescos diariamente, y uno de cada cuatro niños tiene sobrepeso, y en Paysandú cerca del 30% de los niños menores de dos años tienen sobrepeso o están en riesgo. Son datos que nos hacen replantear la estrategia y en esta línea el Ministerio de Salud Pública está privilegiando la salud de la población y esperamos que se entienda el sentido que tiene la ley”.
Controlará anep
Por su parte, la licenciada Andrea Veglia habló sobre el control de la norma, señalando que “el control será por el Ministerio de Educación y Cultura, a través de la ANEP con Primaria y Secundaria, y el ministerio va a recibir aquellas denuncias o sugerencias que puedan surgir de las instituciones para los alimentos que haya en los kioscos o cantinas”. Dijo que “desde la Dirección Departamental de Salud se va a trabajar con los productores de alimentos, las cantinas y también las familias para ir cambiando los hábitos alimenticios y sensibilizar a la población para que el niño o el adolescente que concurra a la institución de estudios tenga la oferta de estos alimentos, que son los recomendados y saludables”. Si bien no está definido qué tipo de sanciones habrá para los transgresores, “se está estudiando en el ministerio”, dijo la licenciada, pero “se tomarán las medidas que correspondan según el caso que se determine”.
En cuanto a la comida “casera” que se ofrecerá y quién supervisará la calidad de los productos, indicó que “el director departamental se reunió con Bromatología de la Intendencia, que se encarga de la fiscalización de ese sector. La idea es que se trabaje en relación a la higiene en la elaboración de alimentos, y aportar material de apoyo a las instituciones”.

LOS PRODUCTOS DE VENTA
La reglamentación incluye un listado con tres grupos de alimentos que son recomendados por el MSP para su venta en las cantinas o kioscos, y que incluye productos caseros o manufacturados en el mismo local, y también productos industriales que cumplan con los requisitos nutricionales que el MSP tiene para cada producto. Considera también que si en el centro educativo hay niños celíacos o diabéticos, las cantinas deberán incluir al menos dos productos aptos para estos grupos.
En el grupo 1 se incluyen los “alimentos y bebidas naturales o mínimanente procesados recomendados”, en el 2 las “preparaciones elaboradas en el punto de venta que contengan ingredientes recomendados en proporciones adecuadas” y en el grupo 3 se encuentran los “alimentos procesados envasados que cumplan con límites adecuados en cuanto al contenido calórico y de nutrientes”. Para la inclusión de alimentos procesados en el listado de grupos de alimentos y bebidas se convocará a la industria para la presentación de sus productos con la documentación que acredite la composición nutricional de los mismos, teniendo en cuenta que los productos que se presenten deberán ser aquellos que se considera se ajustan a los criterios nutricionales establecidos en la Ordenanza Ministerial. Se evaluará el cumplimiento de los criterios establecidos y se ingresarán al listado aquellos productos en que pueda verificarse su cumplimiento.


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