Paysandú, Miércoles 18 de Junio de 2014
Locales | 18 Jun Desde el 31 de marzo, algunas de las empresas sanduceras proveedoras del Estado que no están inscriptas en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) no pueden vender a las dependencias del gobierno central desde que se puso esa fecha como límite para quienes operan vendiéndole productos o servicios. El desconocimiento de la normativa, decretada en mayo de 2013, hizo que algunas empresas --o sus asesores-- obviaran inscribirse en el nuevo sistema, aunque ya la mayoría lo ha hecho o está en trámite.
Las empresas o personas proveedoras del Estado deben estar inscriptas en el RUPE, de la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado (ACCE), para seguir haciendo negocios con cualquier dependencia pública estatal (aún no están comprendidas las intendencias departamentales).
El RUPE es un registro nacional que contiene toda la información relevante vinculada a quienes contratan con el Estado, quienes deben inscribirse y brindar la información correspondiente. También los organismos estatales compradores deben tener su registro para informar acerca del desempeño del proveedor en el cumplimiento de los contratos.
VENTAJAS DEL SISTEMA
El RUPE, aprobado por decreto del Consejo de Ministros el 21 de mayo de 2013 y creado por la ley Nº 18.834 de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal del ejercicio 2010, tiene cambios importantes con respecto al anterior sistema de registro (que ya lo había), desde que ahora los datos aportados una vez y verificados por un comprador, pasan a tener validez para todo el Estado, no debiendo el proveedor aportarlos nuevamente. Mientras que la información que un comprador vierta al RUPE será de utilidad para todo el Estado, superando barreras tradicionales en el manejo del conocimiento entre organismos. Cada vez que se desee conocer los antecedentes de un proveedor, en el registro figurará su historia de contratos y cumplimientos en todo el Estado. Esto beneficiará también a los buenos proveedores, al tener en cuenta la trayectoria a la hora de estudiar ofertas.
Además, como beneficios, disminuye los trámites que los proveedores deben realizar a la hora de contratar con el Estado, evitando la presentación de certificados repetidamente cada vez que oferten en algún procedimiento de compra pública. En tanto los proveedores tienen acceso a la información que haya sobre ellos en el registro, sin necesidad de solicitud previa. Esto hace más ágil y eficiente el sistema de compras, ya que los datos aportados por los proveedores serán proporcionados por única vez, verificados por un comprador y validados para todo el Estado. Por ejemplo, un proveedor de algún ministerio hace su trámite, lo verifica la contadora del RUPE, luego el escribano de ese ministerio y si está todo bien, queda registrado y habilitado para proveer a cualquier dependencia estatal.
COORDINACIÓN ELECTRÓNICA
La utilización de la REDuy y la plataforma de gobierno electrónico, desarrolladas por la Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y Comunicación (Agesic), son los cimientos tecnológicos que permiten integrar este sistema con la Dirección General Impositiva, el Banco de Seguros del Estado, el Banco de Previsión Social, la Dirección Nacional de Identificación Civil y con los procedimientos de gestión de cada uno de los organismos usuarios.
Un instructivo para que los proveedores realicen su inscripción detallando características, requisitos de información y procedimientos de actualización está en el sitio de Compras y Contrataciones (www.comprasestatales.gub.uy), y dentro de los cometidos está asesorar a los proveedores en las mejores prácticas y los procedimientos y herramientas aplicables en los procesos de contratación, por lo que es también una herramienta para los empresarios.
La ACCE es un organismo desconcentrado de Presidencia de la República, responsable en la elaboración y seguimiento de políticas de compras públicas.
QUIENES LO EXIGEN
Si bien en algún momento todas las dependencias públicas exigirán que su proveedor esté registrado en el RUPE, hoy es obligatorio para ser proveedor de las unidades ejecutoras de Presidencia de la República, como los Servicios de Apoyo a la Presidencia de la República, la Casa Militar, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Proyectos de Desarrollo, la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, el Instituto Nacional de Estadística, la Oficina Nacional del Servicio Civil, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, y la Agesic.
También lo piden los organismos del artículo 220 de la Constitución, a saber el Poder Judicial, el Tribunal de Cuentas, la ANEP (UTU, Codicen), la UTEC, la Universidad de la República, la Administración de los Servicios de Salud del Estado, la Corte Electoral y la totalidad de los ministerios.
EXREGISTRO GENERAL
Hasta el año pasado, los proveedores del Estado debían estar en el Registro General de Proveedores, que operaba en la Contaduría General de la Nación, una dependencia del Ministerio de Economía y Finanzas y con referencia a los organismos que tenían gastos por medio del Presupuesto Nacional. El viejo registro tenía vínculo con el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF), por el cual se canaliza la información financiera de la Administración Central. Las empresas públicas como OSE, UTE, Ancap y Antel y las intendencias municipales tienen aún sus propios registros de proveedores.
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