Paysandú, Domingo 22 de Junio de 2014
Locales | 15 Jun “Es una ley que no me convence en absoluto, más allá del espíritu que llevó a los legisladores a sancionarla”, expresó a EL TELEGRAFO el doctor Germán Aller, profesor docente grado 4 de la Universidad de la República, quien se hizo presente en Paysandú con motivo de la Jornada sobre la Ley de Responsabilidad Penal Empresarial que se desarrolló en el Centro Universitario de Paysandú días pasados.
El expositor evaluó que esta norma va a generar “muchas complicaciones” y consideró que las medidas de seguridad en el ámbito laboral no debe dar lugar a sanciones penales, sino a sanciones administrativas, llegado el caso, y que, contrariamente a lo que pueda creerse, la ley no solo va dirigida a empresarios, sino a cualquier persona que contrate a otra en situación de dependencia, y no necesariamente en el circuito formal.
Aclaró que no participó en la redacción de esta ley pero que fue invitado por los legisladores a opinar en los dos proyectos que se presentaron sobre el tema, el primero de los cuales no se sancionó y el actual. “En su momento, el año pasado, presenté una serie de objeciones al respecto.
En cuanto al primero, no importa ahora por qué no se aprobó, y en este último, las objeciones que formulé no tuvieron eco, lo que está claro, porque no se cambió absolutamente nada”.
“RECOMENDACIÓN ERA NO APROBARLA"
“Mi recomendación básica fue no aprobar esta ley, por una serie de elementos, como por ejemplo por constituirse un delito de peligro, lo cual arrastra una eventual inconstitucionalidad, o tratarse de un tipo penal abierto o en blanco, depende de cómo se quiera analizar, que arrastra otro tipo de inconvenientes, porque no era necesaria. Las medidas de seguridad sobre cuestiones laborales no tienen por qué implicar sanciones penales, se pueden hacer fuertes sanciones de tipo administrativo”, amplió Aller.
“Es decir, se podría estar largo rato formulando explicaciones al respecto, pero lo cierto en definitiva es que esta ley va a generar muchas complicaciones, más allá de que uno comparta el espíritu que anidó en quienes la propusieron, que es proteger mejor a los trabajadores, y eso no es está en discusión. Me parece que todos, como trabajadores, eso lo queremos para nosotros mismos”, consideró.
“La cuestión es qué renuncias estamos dispuestos a efectuar de garantías de derechos, qué adelantamiento de barreras punitivas, qué huidas selectivas en un derecho penal de máxima intervención estamos dispuestos a aceptar, para una supuesta tutela que en realidad dudo mucho que esto prevenga delitos”, subrayó el catedrático.
Consultado sobre si no hay un desbalance entre las responsabilidades del empleador y el trabajador, si se tiene en cuenta que a menudo se sabe de casos y se observa a diario a muchos obreros que no cumplen con la obligación de utilizar elementos de seguridad pese a que éstos se le suministran, consideró: “Soy penalista, no soy laboralista, y solo puedo opinar al respecto como un ciudadano cualquiera, que camina por las calles y ve obras en construcción. Lo que sí puedo decir es otro aspecto: yo no haría una dicotomía empresario-trabajador, porque esta ley no está dirigida solo a empresarios, pues de hecho el sujeto activo es el dador de trabajo”.
“NO SOLO EMPRESARIOS ESTÁN COMPRENDIDOS”
“Por lo tanto, queda descartado que solo sea el empresario; esto es para cualquier persona, con alto, bajo, mediano poder adquisitivo que contrate la fuerza de trabajo de cualquier persona para efectuar tareas en su casa o en la microempresa, desde la multinacional hasta la persona más modesta que le pide a alguien que por algún dinero formal o informalmente --porque eso también está claro--, por ejemplo corte el pasto de la casa. Por lo tanto, la idea de que es para laudar derechos de trabajadores y evitar excesos de empleadores --en lo que uno está de acuerdo-- , en realidad no es así, porque no es solo de empresarios, es de empleadores”, subrayó.
“La categoría de empleador entiendo que es una categoría en la que la inmensa mayoría de los ciudadanos adultos, etcétera, en algún momento están comprendidos. Los empleados somos empleadores, porque esa es la dinámica de la vida”, agregó. “Es una ley que a mí no me convence en absoluto, compartiendo el espíritu que llevó a los legisladores a proponerla. No me convence técnicamente, y creo que tiene graves defectos de ingeniería, por así llamarles, en la forma de ser construida”, consideró.
Preguntado sobre si la norma puede dar lugar a eventuales chantajes de trabajadores hacia empresarios o empleadores en general, bajo la amenaza de denuncia para que se les aplique el delito de peligro, dijo que “como todo en la vida, uno no puede descartar esa posibilidad, lo que no significa de ninguna manera que haya sido hecha con ese propósito.
Que uno no comparta lo que establece esta ley no quiere decir que sea un pasaporte para eso. Ahora, que se pueda usar como otras tantas cuestiones, bueno... El problema es que cuando se inmiscuye el derecho penal en estas cosas, no esta figura, en tantas otras, esa hipótesis también se debe barajar técnicamente. Pero no solo en ésta, sino en muchas otras situaciones. Puede ser, yo supongo que esa no será la mayoría de los casos que se den”.
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