Paysandú, Lunes 23 de Junio de 2014

Triple de condenados en Paysandu que en Salto

Hay 18 condenados a trabajo comunitario en Paysandú

Policiales | 23 Jun Un total de 18 personas han sido condenadas a cumplir tareas comunitarias en Paysandú, en el marco de la aplicación de las modificaciones introducidas a la Ley de Faltas. La cantidad de condenados triplica a la registrada en Salto, con apenas cinco casos, además de superar a las de Colonia (12), Salto (5), y Treinta y Tres (2). Por encima de Paysandú, los departamentos en los cuales se registró más cantidad de condenados a trabajos comunitarios son Montevideo (148), Canelones (123), Maldonado (48), Tacuarembó (41), Durazno (40), Río Negro (25), Cerro Largo (25) y Soriano (24).
Estas cifras aún no han merecido ninguna valoración, comparando, por ejemplo, realidades demográficas, territoriales, actuaciones policiales por faltas y fallos judiciales que finalmente fijaron la pena de trabajos comunitarios. Tampoco se consideran en estas estadísticas las situaciones que todavía están en vía judicial.
Hasta el pasado 18 de junio, en todo Uruguay debieron resolverse 661 casos. La mayoría de los imputados ya cumplió la pena, consistente en realizar trabajos comunitarios. Otros esperan la resolución respecto a qué tareas deberán efectuar, y hubo dos personas que se negaron a cumplir lo dictaminado por la Justicia, y por lo tanto terminaron en prisión; uno de ellos en Tacuarembó y otro en Durazno. Ambos estuvieron encarcelados durante la misma cantidad de días que deberían haber desarrollado los trabajos comunitarios, entre 7 y 30, según lo dispuesto por cada juez.

CONSUMO DE ALCOHOL
En Paysandú, la Justicia dictaminó que los conductores deban cumplir tareas comunitarias por conducir con índices de alcohol superiores a 1,2 gramos por litro de sangre, como resultado de una serie de denuncias radicadas por la Intendencia Departamental de Paysandú ante los juzgados de Paz.
La citada ley establece dos organismos para controlar el cumplimiento de las sentencias, uno que opera en la órbita de la cárcel y otro en la de Jefatura, a quienes la sede interviniente indica la duración del trabajo comunitario y el sitio donde debe cumplirse.
Al mismo mecanismo de control están sometidos los demás organismos a los que son asignadas las personas sentenciadas a cumplir tareas comunitarias. En Paysandú no se han creado hasta el momento juzgados especializados en faltas, por lo que las denuncias se presentan ante el juzgado de paz, que cumple turnos decenales.


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