Paysandú, Jueves 17 de Julio de 2014
Locales | 13 Jul El 1º de agosto próximo vence el plazo para que quienes perciban ingresos, jubilaciones o prestaciones económicas en dinero puedan elegir las instituciones a través de las cuales quieren cobrar la prestación, de acuerdo a lo que establece el artículo 18 de la Ley 19.210, destacó a EL TELEGRAFO el licenciado Eduardo Evangelista, presidente del consejo Directivo de la Cooperativa Uruguaya Solidaria de Afiliados (Cusaf).
El dirigente alertó a la población en el sentido de que el inclinarse por una u otra opción no es un tema menor, porque se trata de la “inembargabilidad de la prestación, del propio salario, teniendo en cuenta que la ley contempla una bancarización que pone primero a los bancos como agentes que potencialmente pueden retener dinero del salario a efectos de cobrar sus deudas”.
Consideró Evangelista que este es un tema que “quizás pueda pasar desapercibido para el común de la gente, como pasó en el caso de los servicios de la salud y después quedan atrapados en los ‘corralitos’. Para nosotros es fundamental la protección de los salarios, pasividades, etcétera, sobre todo teniendo en cuenta la existencia de un fallo judicial que permitió el embargo de los sueldos. Esto, que es fruto de un grave error, se debe de combatir”.
“Por ello alertamos a la gente que debe de contratar con instituciones financieras que tengan una clara actitud de defender la inembargabilidad de los salarios, y en este caso Cusaf ha dado muestras claras y terminantes de la defensa de los usuarios financieros, a lo largo de estos 11 años de existencia”, acotó el entrevistado.
Subrayó asimismo que “esto es como el servicio de las instituciones médicas, si no se toman decisiones seguramente los patrones la tomen por su cuenta y en el caso de los funcionarios públicos las intendencias lo decidan y se ingresa en un corralito del que después tienen un año para poder salir. El ciudadano debe optar antes del 1º de agosto dónde quiere cobrar. Esto está vigente desde marzo y el plazo que le habían dado a las instituciones para regular y a las empresas vence el 1º de agosto. No descartamos que pueda haber prórroga, porque se ha regulado muy poco en el Ministerio de Economía, pero la idea es advertir, porque hay mucha gente que lo ignora”.
Precisó que las organizaciones sindicales son las primeras que deberán advertir de esta situación, para elegir la institución de cobro, y dijo que en el caso de Cusaf “decimos que deberían cobrar con nosotros, porque van a estar más seguros. Si el empleado tiene un crédito bancario, los primeros que van a cobrar van a ser los bancos, porque quedan habilitados a retención, cosa que antes no podían”.
“Ese es un riesgo que aparece al cobrar con los bancos, en tanto nosotros estamos firmes en la defensa de la inembargabilidad del salario y somos capaces de enfrentar judicialmente a cualquier institución”, precisó, a la vez de indicar que pueden formularse consultas a través de Internet en la dirección cusaf@adinet.com.uy o del teléfono 024007778- 4025160.
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