Paysandú, Jueves 21 de Agosto de 2014

Experto afirma que no se vela por libertad de trabajo

Nacionales | 16 Ago El abogado laboralista Nelson Larrañaga elogió la sentencia que intimó al sindicato de la construcción a desocupar la planta en construcción de ALUR en Paysandú y sostuvo que la Policía y el gobierno no velan por el derecho al trabajo.
Larrañaga, abogado laboralista del estudio Ferrere, comparte la sentencia pero dijo a El País que “si bien tiene facultades legales para hacerlo, la Policía no interviene ante este tipo de medidas y no ampara los derechos constitucionales vulnerados (libertades de trabajo y de empresa)”. Larrañaga señaló que “el gobierno sigue sin intervenir y obliga a los trabajadores a recurrir a la Justicia, demorándose varios días la situación de no poder trabajar”.
El especialista recuerda que la Organización Internacional del Trabajo le ha solicitado en varias oportunidades al gobierno que garantice efectivamente las libertades de trabajo y de empresa cuando se montan piquetes o se realizan ocupaciones por los trabajadores sin que hasta el momento haya tomado en cuenta esa recomendación.
Larrañaga comentó que la decisión confirma la tendencia unánime de la jurisprudencia en el sentido de que la ocupación del lugar de trabajo es ilícita porque vulnera la libertad de trabajo de los asalariados a los cuales se les impide trabajar. La sentencia valora negativamente la conducta de los ocupantes de adoptar la medida en forma imprevista, violando el derecho de los trabajadores no ocupantes a trabajar.
En su decisión, que es inédita para el sector de la construcción, la jueza Magela Otero acusó a los ocupantes de no haber honrado el compromiso asumido durante una audiencia para desocupar la planta en construcción donde trabajan 400 personas con el argumento de que había sido resuelta en una asamblea. Sin embargo, la jueza les recriminó en su fallo no haber informado cuando se realizó la audiencia que la decisión de ocupar o no estaba supeditada a una asamblea. “Lo innovador del primer acuerdo al que se había llegado era que el sindicato se obligaba a no tomar medidas de naturaleza alguna en el futuro que impidiesen la libre circulación de bienes y personas a la obra, y a asegurar la libertad de la totalidad de los trabajadores en el ejercicio del derecho al trabajo”, puntualizó Larrañaga.


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