Paysandú, Lunes 01 de Septiembre de 2014
Locales | 31 Ago Ocupación
El abajo firmante, Wilmar Vargas, ocupante del inmueble referido en la noticia publicada en la edición del día 27/8/2014 del Diario EL TELEGRAFO bajo los títulos “Piden devolución de campo ocupado - Vecinos de Ruta 26 se movilizan por escuela agraria” (de portada); “Pese a estar desalojado, no entrega -
Vecinos de Paso de los Carros piden celeridad en la devolución judicial de campo de Vialidad” (de página 3), entiendo que debo formular una serie de puntualizaciones, poniendo a disposición la documentación acreditante de que se manejan en dicha nota periodística e inclusive por “los tres diputados por el departamento” una serie de inexactitudes, conforme a lo siguiente: 1º- Ante mi solicitud de “arrendamiento con opción a compra o directamente compra” del 16/4/2007 el MTOP me entregó en arrendamiento el 27/02/2009 una fracción de 6 ha 6.880 metros porque el inmueble “no se está usando y no se va a usar en los próximos años” dado que se destinaba al personal del Ministerio que trabajaba en el mantenimiento de la ruta y éste se estaba cometiendo a la empresa “Consorcio Vial del Norte”, situación que “desde la Regional se está de acuerdo en que continúe” y, si continuara, “se podría vender dicho predio” (entrecomillado textual del expediente administrativo correspondiente). 2º- Dado que las instalaciones se hallaban “en muy mal estado”, debí realizar grandes mejoras, para las cuales previamente se me ordenó presentar “memoria descriptiva por Arquitecto, donde se detallen todas las mejoras a realizar al bien inmueble, incluidos materiales y demás costos” lo que totalizó un gasto $ 545.000 que la Regional aprobó y controló expresando: “se informa que se coincide con la memoria descriptiva de las reparaciones a realizar” primero y “se han realizado las mejoras en el inmueble” después de dos años y medio de haberme entregado la ocupación (entrecomillado ídem). 3º- El MTOP había dispuesto que “… el arrendamiento del padrón, en caso de que las construcciones se encontraran en condiciones de habitabilidad sería de $6.500 (…) Dado que el solicitante ha manifestado la intención de hacerse cargo de las mejoras (…) se entiende que ese gasto debe ser tenido en cuenta y deducido del alquiler (…) por lo tanto (…) asciende a la suma de $2.500 (…)”. 4º- Cuando habían transcurrido dos años y ocho meses de la entrega del inmueble (y, por el procedimiento aprobado, me habían restituido --$4.000 por mes durante 32 meses-- $128.000 de los $545.000 gastados), concretamente el 10/11/2011 se me notificó que la Comisión de Bienes Inmuebles había resuelto consultarme acerca de “si mantiene interés de adquirir el referido predio mediante título de compraventa (…)” a lo que respondí afirmativamente de inmediato (entrecomillado ídem). 5º- Transcurrió todo el año 2012 en lo que creí que tenían lugar los trámites administrativos tendientes a la venta (desde que formulé mi solicitud inicial hasta que pude hacerme efectivamente del inmueble habían pasado casi dos años: desde el 16/4/2007 al 27/02/2009), por lo que realicé nuevas construcciones y mejoras: entre otras “un gran galpón” como se dice al principio de la nota periodística o “un galpón de grandes dimensiones” y “luz eléctrica y pozo semisurgente” como se dice al final.
Ninguna comunicación del MTOP había recibido luego de aquella consulta acerca de si seguía manteniendo interés en adquirir el inmueble cuando me vi sorprendido por la intimación de desalojo.
Obviamente, que me opongo a éste, hasta que no se me restituyan todos los gastos que el MTOP administrativamente me instó a realizar (y me estaba devolviendo mes a mes) y hasta que no se me paguen todas las mejoras que judicialmente se comprobaron y avaluaron. 6º- En la sentencia de primera instancia se dice “Todas esas mejoras reales, tangibles, valoradas económicamente, que salieron del patrimonio del demandado, no fueron negadas por la actora” aludiéndose a las que dicha Sede verificó constituyéndose en el lugar y que se avaluaron en U$S 53.000 por perito arquitecto designado al efecto. Y, además, se aclara: “existen otras mejoras (…) las que según pudo constatarse en el momento de la inspección, también se corresponden con fotografías que obran en el expediente”. (entrecomillado textual de la sentencia).
No individualizo la Sede Judicial en que se encuentra el proceso al día de hoy porque creo en el Poder Judicial y porque en lo que no creo es en que se logre incidir en la resolución de asuntos judiciales mediante “manifestaciones” con reclamos de “celeridad”, por más que de ella participen (o con más razón si de ella participan) representantes de otro Poder del Estado.
Pongo a disposición de éstos --a quienes aclaro que he aludido en riguroso orden alfabético-- y del redactor de la nota periodística toda la prueba documental que acredita lo que aquí expongo en Uruguay 1205, estudio del abogado que me patrocina.
Por último he de aclarar a la opinión pública que preferiría no aparecer como un obstáculo en el loable propósito de que en el inmueble se instale una escuela agraria pero --como entiendo haber dejado claro aquí-- el MTOP no me ha dejado otro camino que oponerme a entregar la ocupación hasta tanto se me restituyan todos los gastos que me indujo a realizar.
Wilmar Vargas
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