Paysandú, Jueves 16 de Octubre de 2014
Deportes | 09 Oct La semana anterior la boxeadora sanducera Cecilia Comunales, su representante Sergio Márquez y su manager Sampson Lewkowicz, habían presentado una denuncia penal sobre la Federación Uruguaya de Boxeo (FUB) y el Ministerio de Turismo y Deportes, a quienes acusó como culpables de, entre otras cosas, no haber podido desarrollar con normalidad la pelea en la que la “Reina” defendió con éxito en Paysandú el título mundial Ligero de la AMB, así como de no permitir que Comunales desarrolle normalmente su trabajo. Además Lewkowicz, que embargó a la FUB tras comprar una deuda que tenía la Federación, retiró por orden judicial todas las pertenencias de la Federación. Ahora, la FUB intenta plantar bandera y salió al ruedo para escribir un nuevo round de esta pelea que sigue, al menos por ahora, sin tener un ganador.
Los presididos por Juan Carlos Montiel indicaron que Comunales fue suspendida porque compitió en Argentina y Panamá sin solicitar permiso a la Federación, por lo que se la suspendió por seis meses, y cuando faltaba poco para que cumpliera con su sanción se presentó en aquella pelea que el año pasado le ganó a la dominicana Marisol Reyes en el Salón Egeo, incluso sin ficha médica, que no se le brinda a la sanducera por parte del Centro Médico Deportivo, lo que ameritó a que se presentara la demanda respectiva por parte de la boxeadora. Y, por otra parte, la Federación anunció que se pagará la deuda con Lewkowicz para recuperar los pocos bienes de la FUB, ya que allegados aportarán el dinero que ronda los 8 mil dólares. Ayer, en medios televisivos capitalinos, Montiel y el secretario Carlos Rodao anunciaron que se presentaron en el Juzgado correspondiente para confirmar el pago de la deuda. Ahora bien: el pasado 6 de octubre la Juez de Paz Mariana Silva Sisasmendi emitió el decreto 2423/2014, en el que se indica que los dirigentes de la FUB que se presentaron para anunciar el pago, liderados por Montiel, no son reconocidos como dirigentes.
“Los comparecientes no acreditan la representación que invocan, ni aportan documentación alguna que les avale en la misma. Tampoco aportan el impuesto a las ejecuciones. Téngase en cuenta que en el acta de embargo los Sres. Montiel y Supervielle no comparecieron como representantes de la insititución, sino que fueron designados depositarios judiciales de los bienes. Atento a ello, deberá cumplirse con lo dispuesto. Sin perjuicio, notifíquese a la actora lo manifestado por los comparecientes, en cuanto a su voluntad de pago del adeudo, y solicitud de liquidación a tales efectos”, indica el decreto.
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