Paysandú, Martes 09 de Diciembre de 2014

Propuesta de protocolo de prevención y actuación ante el acoso sexual laboral

Locales | 06 Dic La edila frenteamplista Liliana Geninazza propuso “la conformación de un grupo de trabajo integrado por Recursos Humanos, Unidad de Equidad y Género, Asesoría Letrada, Adeyom y Junta Departamental con el objetivo de crear un protocolo de prevención y actuación para el acoso sexual laboral”. Recordó que en un determinado lapso “se han denunciado y constatado, en la Intendencia de Paysandú, diferentes episodios de este tenor. Ya el 18 de setiembre del año en curso nos referíamos al tema sosteniendo que ‘como sociedad, debemos cuestionar la visión patriarcal que nos atraviesa, naturalizando lo que no es natural. Debe existir sanción social para patrones y jefes, quienes abusando de su jerarquía laboral sometan a trabajadoras a diversas expresiones de violencia laboral, entre ellas el acoso sexual. Desde los sindicatos se debe actuar con celeridad, facilitando el trámite de la denuncia y protocolizar el procedimiento posterior, brindando garantías a las trabajadoras y el debido resguardo ante posibles represalias”. Acotó en su intervención en el plenario de la JDP que “el acoso sexual laboral es un delito en Uruguay desde el 11 de noviembre de 2009, fecha en que entró en vigencia la ley 18.561, entendiendo por tal ‘todo comportamiento de naturaleza sexual realizado por persona de igual o distinto sexo, no deseado por la persona a la que va dirigido y cuyo rechazo le produzca, o amenace con producirle, un perjuicio en su situación laboral o que cree un ambiente de trabajo intimidatorio, hostil o humillante para quien lo recibe’”.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Esta ley, además, expresa en su artículo sexto que el empleador deberá: “adoptar las medidas que prevengan, desalienten y sancionen las conductas de acoso sexual; proteger la intimidad de las personas denunciantes o víctimas, debiendo mantener en reserva las actuaciones que se cumplan así como la identidad de la víctima y de quienes sean convocados a prestar testimonio en las investigaciones”. Así como “instrumentar las medidas que protejan la integración psicofísica de la víctima y su contención durante las investigaciones y una vez que estas culminen, adoptar acciones acordes a la decisión emitida; comunicar y difundir la existencia de una política institucional consecuente contra el acoso sexual”. Geninazza sostuvo que “la problemática existe y considerando la frecuencia de hechos de acoso sexual en la Intendencia de Paysandú se hace imprescindible el tratamiento del tema con la seriedad y celeridad necesarias. Es responsabilidad de la jerarquía municipal mantener ambientes laborales saludables basados en el respeto a la dignidad y los derechos de los funcionarios municipales, debiendo, además, establecer políticas de prevención en salud y seguridad ocupacional”.


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