Paysandú, Martes 09 de Diciembre de 2014

Mieres reivindica libertad de poder elegir intendentes y alcaldes de partidos distintos

Locales | 09 Dic A juicio del senador electo Pablo Mieres, líder del Partido Independiente, es preciso avanzar hacia una real descentralización de los municipios en todo el país, y consideró que hasta ahora solo se ha mejorado en lo que respecta a la desconcentración de funciones.
Explicó que sobre el final del período de gobierno anterior se aprobó la “mal llamada Ley de Descentralización, que dio origen al tercer nivel de gobierno, creando los municipios. La norma contiene una serie de debilidades, producto de una aprobación relámpago que tuvo que corregirse tres veces”. En mayo de 2010 se eligieron por primera vez las autoridades en 89 municipios del país y que la normativa establece la elección de un organismo colegiado integrado por cinco miembros, cuyo presidente, y único cargo rentado, es el alcalde, quien actúa junto a cuatro concejales.
Subrayó que pese a las falencias de la ley, en estos años “se ha demostrado la importancia de la existencia de gobiernos locales en los centros poblados no capitales de los departamentos del interior del país”, pero en cambio “este tipo de gobiernos locales carece de sentido dentro de las ciudades capitales y, en particular, dentro de Montevideo”.
Puntualizó que la situación es diferente en el Interior, por cuanto las identidades locales de los pueblos del interior de cada departamento “son en muchos casos fuertes y la existencia de gobiernos locales es necesaria para acercar el Estado a la ciudadanía y para promover mejores y más amplios niveles de participación ciudadana”. Reflexionó que la lógica de los gobiernos locales implica la posibilidad de que los ciudadanos elijan a aquellos vecinos que consideran más adecuados para representarlos en el manejo de los asuntos específicos del centro poblado, en tanto este escenario electoral volverá a darse cuando en mayo de 2015 se renueven las autoridades locales y departamentales. Recordó que en 2010 la Corte Electoral estableció por vía de reglamentación la prohibición del voto cruzado entre el nivel departamental y el municipal, “es decir que impidió que los votantes pudieran elegir candidatos a intendentes y ediles de un partido y candidatos a alcaldes y concejales de otro partido”. “Lo insólito del caso es que esta prohibición no posee ningún fundamento legal, es simplemente una cláusula dentro de una reglamentación definida por la Corte Electoral de aquel entonces. En aquella oportunidad, el entonces presidente de la Corte Electoral, doctor Carlos Urruti, se manifestó discorde, señalando que la ley no prohibía la posibilidad de que los ciudadanos votaran por partidos diferentes entre lo departamental y lo local. Es más, la filosofía política que está detrás de la descentralización anima la idea de que la gente pueda distinguir entre el voto para las autoridades departamentales del voto para la elección de las autoridades locales”, reflexionó. Consideró que la libertad electoral “solo puede limitarse por la vía de disposiciones constitucionales o legislativas; pero la Corte Electoral no puede por vía de una resolución administrativa conculcar la libertad de elección de los votantes”. Por lo que, transcurrida la segunda vuelta, “plantearemos a la Corte Electoral la reivindicación de que la reglamentación que ese organismo debe emitir para regular el acto electoral de mayo de 2015 no establezca la prohibición señalada. En caso contrario, a nuestro juicio, se estarían afectando los derechos ciudadanos en forma ilegítima e indebida”, señaló.


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