Paysandú, Domingo 14 de Diciembre de 2014
Locales | 09 Dic El edil nacionalista Ramón Appratto sostuvo en sala que el Poder Judicial tiene que mantener total independencia y expresó su solidaridad con el reclamo salarial de los funcionarios judiciales, explicando cómo sucedieron los hechos que hoy generan el conflicto planteado.
Recordó que “en el año 1985 por ley 15.750, artículo 85º, se procede a la organización de los tribunales. En el año 2005, mediante ley 17.930, el sueldo de los ministros de la Suprema Corte de Justicia se equiparó a los sueldos de los ministros de Estado y los funcionarios judiciales accedieron al escalafón de los magistrados. Asimismo, por ley 18.719, artículos 64º y 68º, se equiparó el sueldo de los ministros de Estado con el de los senadores”.
“Esa ley ‘enganchaba’ los sueldos de los senadores a los de los ministros de Estado, pero estos estaban equiparados a los ministros de la Suprema Corte de Justicia. Situación que, por lo tanto, afectaba a los sueldos de los demás funcionarios, cuyos salarios son un determinado porcentaje de aquellos”.
“Para no tener que pagarle a tantos funcionarios --añadió el edil-- se dictó la ley 18.738, que fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia acorde a fallo 601/2014 del 11 de junio de 2014”.
“De todas formas, para poder lograr la exclusión de los funcionarios a los cuales no se les quería pagar los ajustes salariales y dada la inconstitucionalidad de la ley 18.738, se insistió dictando otra ley, la 18.996. Pero esta ley, impulsada por el senador Rafael Michelini, también contenía errores tales que como la anterior y nuevamente fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia, fallo 734/2014 del 11 de agosto de 2014”.
Appratto enfatizó que “por todo este proceso hoy rige la ley 18.719, que desde abril de 2011 da la razón y abre el camino para hacer realidad la aspiración del gremio de los funcionarios judiciales. Ella en concreto es que desde abril de 2011 a la fecha se les pague un 26 por ciento más en las retribuciones mensuales percibidas en ese lapso y mantener ese aumento en los pagos de los ingresos futuros”.
“El Poder Judicial tiene que tener independencia absoluta y dentro de ella cuenta la retribución digna de sus funcionarios y su organización, de lo cual depende en buena medida la selección natural de sus componentes y el equilibrio de su función”.
“Por lo tanto, me solidarizo con el reclamo del gremio de los funcionarios judiciales de público conocimiento, referente a que se aplique la ley 18.719 en lo específico del pago de los mismos”.
El edil solicitó que de su moción “se de cuenta a todas las juntas departamentales del país, a la Suprema Corte de Justicia, Asociación de Magistrados del Uruguay, Asociación de Fiscales y Funcionarios de las Fiscalías, Asociación de Actuarios del Uruguay y al Directorio del Partido Nacional”.
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