Paysandú, Martes 23 de Diciembre de 2014

Mieres fustiga Ley de Medios y forma de distribución de propaganda electoral

Locales | 23 Dic A juicio del senador electo doctor Pablo Mieres, la ley de medios que está en consideración en el Parlamento, que cuenta solo con el respaldo de los legisladores del Frente Amplio, es “lamentable en su conjunto, excesiva en la normativa, hiperreglamentarista, detallista al extremo, notoriamente estatista y con disposiciones inconstitucionales por afectar la libertad de expresión”. Y subrayó que con la exigua mayoría con que cuenta el oficialismo se está sancionando una norma que tiene numerosos defectos.
Entre otros aspectos mencionó que el organismo que controlará y sancionará a los medios de comunicación, el Consejo de Comunicación Audiovisual, tiene potestades de control sobre los contenidos “y amplísimas facultades sancionatorias y se ubica bajo línea jerárquica del Poder Ejecutivo, con lo que se genera un marco institucional de presión permanente sobre la actuación de los medios. Desde nuestro punto de vista, notoriamente inconstitucional”.
Por otro lado, evaluó que la norma en consideración, además, contiene un capítulo que establece un régimen de publicidad electoral gratuita que “es inconstitucional por su forma, en la medida que la Constitución de la República es muy clara al establecer que las normas referidas a la materia electoral y particularmente las referidas a las elecciones deben contar con una mayoría especial de dos tercios”.
Señaló que es impensable que alguien pueda dudar que las disposiciones que regulan la asignación de tiempos electorales gratuitos a los partidos en campaña electoral no sea materia electoral y destacó que el partido de gobierno “está haciendo abuso” de su mayoría absoluta y vota con el 50% de los votos una normativa que requiere dos tercios.
Asimismo dijo que es “grotescamente desigual” en los criterios que define para la distribución de los tiempos de publicidad gratuita que asigna a los partidos, por cuanto la propuesta establece que se distribuirá el 80% del tiempo en función de la proporción de votos alcanzados por cada partido en la elección anterior y un 20% de distribución igualitaria para todos los partidos.
“A su vez, el Frente Amplio hace alarde de haber concedido en ese punto, puesto que en su primera versión el 100% del tiempo se asignaba en proporción a los votos obtenidos en la elección anterior”, lo que entiende es absolutamente insuficiente.
“La norma que Uruguay está aprobando en estos días es la más abusiva a favor del partido mayoritario de todo el continente latinoamericano. En efecto, no existe ningún otro país de la región que establezca el criterio de distribución 80% proporcional y 20% igualitario”, puntualizó. A modo de ejemplo mencionó que tres países de la región no prevén la publicidad electoral gratuita (Costa Rica, Honduras y Nicaragua), en tanto en siete países (Bolivia, El Salvador, Guatemala, Panamá, República Dominicana, Ecuador y Paraguay) la asignación de los tiempos “es totalmente igualitaria para los partidos con independencia de su tamaño electoral. Debe agregarse, además, que en Venezuela solo se prevé la asignación de publicidad electoral gratuita para actos de referéndum y, en estos casos, también se asignan tiempos iguales para las dos posiciones”.
Finalmente, en otros seis países se aplica un criterio mixto, incluyendo un porcentaje del tiempo asignado en proporción a los votos de cada partido y otro porcentaje de distribución igualitaria. “Pero aun en estos casos, ninguno de esos países llega a una distribución del tipo 80/20”, especificó el dirigente del Partido Independiente.
Expuso que Argentina y Perú asignan una distribución de 50% proporcional a los votos y 50% igualitario, Chile establece 100% igualitaria para los candidatos presidenciales y 100% proporcional para los candidatos parlamentarios, Colombia asigna 40% igualitario y 60% proporcional a los votos y los dos países menos igualitarios (México y Brasil) no llegan a una asignación de 80/20. Brasil prevé dos tercios a un tercio y México 70/30.
“De modo que nuestro país pasará a ser, con la aprobación de esta norma, el país más desigual en la distribución de los tiempos electorales gratuitos de toda América Latina. Triste privilegio que contrasta con la tradición democrática de nuestro país”, subrayó Mieres, quien consideró que “lamentablemente, la ratificación electoral de la mayoría absoluta para el Frente Amplio en el Parlamento ya muestra nuevamente sus consecuencias nefastas”. Ante “este atropello a las libertades electorales, presentaremos una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia debido a razones de forma (ausencia de las mayorías especiales requeridas por la Constitución) y razones de fondo (violación del principio de igualdad establecido en la Constitución)”.


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