Paysandú, Lunes 29 de Diciembre de 2014
Locales | 22 Dic El plenario de la Junta Departamental, en su última sesión del corriente año, aprobó por mayoría con los votos de ediles del Partido Nacional, el convenio de contraprestación publicitaria entre la Intendencia y Ancap para el apoyo con una partida de 2.000.000 de pesos al Teatro Florencio Sánchez. Dado que el plazo de tres años establecido en el acuerdo excede este período quinquenal de gobierno, fue necesaria la aprobación del órgano deliberativo departamental. Lo que ocurrió luego de distintas consideraciones y criterios dispares de ediles de la oposición, en los que se llegó a considerar el concepto de “mayoría” al surgir una duda sobre mayoría simple (considerada sobre una base de 16 o más ediles presentes en sala), ordinaria o común (que fue la finalmente obtenida en este caso y está referida a los 31 ediles totales) y especial en los casos que el asunto a aprobar requiera dos tercios del total de integrantes del cuerpo deliberativo.
En este convenio, luego de algunas rectificaciones a lo inicialmente planteado, Ancap y la Intendencia Departamental de Paysandú señalan que el objetivo es la “publicidad estática en la antesala del hall del Teatro (banner, plaqueta, etcétera) acorde a la estética de la sala; presencia institucional en todas las acciones y materiales de difusión que se realicen por la actividad teatral, programas, brochures, afiches, avisos u otros; disponibilidad de quince cupos para personal de Ancap y tres palcos para autoridades en espectáculos que realice la Intendencia; disponibilidad de l año para presentar obras o espectáculos teatrales y demás eventos que la empresa estatal lleve a cabo, lo que deberá ser coordinado con la debida anticipación, teniendo en cuenta los requerimientos de los mismos y la agenda del Teatro y debiendo ajustarse a las normas de conservación de las salas”.
UN SOLO PAGO
Queda establecido en el convenio que “como contrapartida Ancap entregará a la Intendencia de Paysandú la suma total de 2.000.000 de pesos más impuestos, si correspondiere, que se abonarán en una sola partida. Este convenio entrará en vigor al momento de su suscripción y por el plazo de tres años. Para todo lo no previsto en el presente acuerdo, en cuanto a las formas y modalidades de las respectivas contribuciones, las mismas serán acordadas entre la IDP y la Gerencia de Relaciones Institucionales y Comunidad de Ancap”.
En una de sus cláusulas se determina sobre la posible rescisión que “el incumplimiento de todas o cualquiera de las obligaciones a cargo de las partes, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión, cuando notificada la parte incumplidora por escrito de la constatación del mismo dentro del plazo de 10 días no lo rectificara a satisfacción de la otra, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación”.
Para la fundamentación de este acuerdo ambas partes tuvieron en cuenta que “el Teatro Florencio Sánchez es símbolo emblemático de la cultura nacional, habiéndose declarado Monumento Histórico Nacional en el año 1975, motivo por el cual la Intendencia lleva a cabo tareas edilicias para la recuperación y restauración de las salas y demás locaciones de exhibición de espectáculo. Proponiéndose la realización de este acuerdo de contraprestación publicitario de dicho ente y la comuna que implicará la presencia institucional del organismo en las actividades socio culturales a realizarse en el teatro sanducero”.
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