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Paysandú, Viernes 09 de Enero de 2015

Necesaria prevención

Opinion | 06 Ene En tanto crece el tránsito en las rutas y la cantidad de veraneantes y campamentistas en diferentes zonas del país, se encuentra plenamente vigente el llamado Edicto del Fuego, que rige hasta la segunda quincena de abril y prohíbe las quemas y fogatas al aire libre --salvo para cocción de alimentos en parrilleros y churrasqueras-- con la finalidad de prevenir incendios durante la temporada de verano.
Desgraciadamente, en temporadas anteriores, fundamentalmente en el Este del país se han desatado grandes incendios que representan no sólo un motivo de preocupación para los lugareños y residentes temporales, sino que también han determinado severas pérdidas económicas para los afectados, así como importantes inversiones en recursos, logística y personal capacitado para dar respuestas y tratar de apagarlos.
En la víspera el índice de riesgo de incendio era muy alto en algunas zonas del Noreste del departamento de Río Negro en el límite con Paysandú --una zona densamente forestada con eucaliptos--, así como el centro de Soriano y el límite entre los departamentos de Flores, Florida y Durazno. En tanto el riesgo de incendio era alto en todo el resto del país, con excepción de una pequeña zona del litoral oceánico de Rocha, donde el riesgo era “medio”, de acuerdo a la información oficial del Instituto Uruguayo de Meteorología.
Para aquellos que estén viajando en estos días cabe recomendar adoptar precauciones básicas pero muy importantes, como por ejemplo no arrojar colillas de cigarrillos, botellas o latas en el camino porque en condiciones adecuadas pueden facilitar la combustión al elevar la temperatura de la vegetación seca y provocar un incendio. No encender fuego al aire libre, respetar las disposiciones para realizar fogones, y dar aviso si se ve un principio de incendio o situación sospechosa son conductas que ayudarán a prevenir incendios.
Las multas por incurrir en quemas o fogatas pueden llegar hasta 200 Unidades Reajustables, en tanto no sólo la intencionalidad sino la imprudencia y el descuido son conductas penadas por nuestras leyes. El incendio es un delito que tiene una pena de entre 12 meses de prisión y 16 años de penitenciaría de acuerdo al artículo 206 del Código Penal.
Si bien han disminuido en los últimos años, la mayor incidencia de incendios forestales en nuestro país se da en la franja costera. No hay causas naturales que provoquen incendios en Uruguay, sino que su inicio se asocia a conductas negligentes en el uso del fuego, accidentes y en un muy pequeño porcentaje debido a intencionalidad. Por eso, lo que cada uno de nosotros haga importa para la tranquilidad y bienestar de muchos más.


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