Paysandú, Lunes 09 de Febrero de 2015
Nacionales | 04 Feb La Cámara de Senadores votó por unanimidad el proyecto de ley para reglamentar las actividades de los trabajadores nocturnos. La iniciativa fue enviada al Poder Ejecutivo para ser promulgada, informó El Observador. Con esta ley se agregarán nuevos derechos para las personas que cumplen horario laboral entre las 22 horas y las 6 de la mañana del otro día. El proyecto fija compensaciones, condiciones en materia salarial y condiciones laborales para los trabajadores.
La ley establece que todo empleador deberá pagar una compensación mínima del 20% del sueldo o el equivalente en reducción horaria a todo trabajador nocturno. La compensación puede ser mayor o menor al 20% dependiendo de cuánto gane la persona y de qué porcentaje se establezca en los Consejos de Salarios para cada rubro. Respecto a las mujeres embarazadas o hasta un año después de haber dado a luz, se le debe asignar un horario laboral diurno por parte del empleador, por la sola voluntad de la trabajadora, sin que esto signifique la pérdida de compensación por trabajo nocturno. El trabajo nocturno supone “un factor negativo para la salud de los trabajadores” y que “debe estar especialmente tutelado por las normas de seguridad y salud en el trabajo”, señaló el proyecto.
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