Paysandú, Martes 31 de Marzo de 2015

Nuevas condiciones para apoyo del Fondes; dan acceso a empresas privadas

Locales | 25 Mar El presidente Tabaré Vazquez modificó por decreto las exigencias para acceder a un préstamo del Fondo de Desarrollo (Fondes), para lo cual cambió 17 artículos de los decretos de 2011 y 2013 que crearon e hicieron una primera modificación al Fondes. No obstante, el mismo decreto anuncia que habrá una norma legal, aprobada por el parlamento, para la creación del Fondes por Ley.
No cambia la fuente de financiamiento, que es un porcentaje de las ganancias del Banco de la República, y será la OPP quien asesore al Ministerio de Economía sobre el porcentaje de utilidades del BROU que se volcarán al Fondes.
El nuevo texto firmado por Vázquez y el ministro de Economía Danilo Astori, cambia 12 artículos del decreto fundacional del Fondes (el 431/2011), y cinco del decreto 117/2013, fundamentalmente el artículo 2º donde establece los objetivos que tiene el Fondes y el 3º donde establece seis requisitos que deberán cumplir quienes presenten nuevos proyectos, y en el artículo 36 también se condiciona que para recibir el apoyo, los emprendimientos deberán ser declarados de interés ministerial. Establece además por el artículo 33º que los emprendimientos que ya están apoyados --como el de Cotrapay, Tessamérica la ex Paylana-- y los aprobados hasta el 23 de marzo, pasan a ser administrados por el Instituto Nacional Cooperativo (Inacoop).

HABILITA OTRAS ASOCIACIONES
Y TAMBIÉN A PRIVADOS
Por el nuevo articulado el Fondes promoverá y apoyará “en particular los emprendimientos autogestionarios” en que el capital, el trabajo y la dirección lo tiene el mismo núcleo de personas (por ejemplo, una cooperativa) pero también abre la posibilidad a que los trabajadores sean los accionistas mayoritarios de esa empresa. El inciso B del artículo 2º (tiene 5 incisos) promueve la asociación colaborativa de micro, pequeñas y medianas empresas --que también recibirían apoyos del Fondes--, el C promueve la capacitación, el D habilita que el sistema financiero (tanto público como privado) participe en estos proyectos, y el E habla de promover la reinversión de las ganancias en la misma empresa.
De ahora en más, los proyectos deberán aportar la información necesaria en cuanto a “ser sostenibles económica y financieramente”, y “ser innovadores en sus productos, mercados, proceso tecnoproductivo y/o modelo de gestión”. También deberán “ser capaces de realizar un aporte a la comunidad en términos de creación de empleo, mejora de la calidad de vida y/o contribución al equilibrio territorial (descentralización)”. Atiende la necesidad de “promover contextos organizativos favorables para el desarrollo personal y profesional de los trabajadores” además de “ser ambientalmente sustentables”. Para acceder a este apoyo, los emprendimientos deberán “estar alineados con los objetivos y directrices estratégicas establecidas por el Poder Ejecutivo”.

CAMBIA LA DIRECCIÓN
También se cambian los artículos 6, 7, 8 10, 16, 18, 25, 29, 33, 34 y 35 del decreto de 2011. El 6º, que define la conducción del Fondes, dice que ahora “será administrado por las instituciones que determine el Poder Ejecutivo en razón de su especialidad y atribuciones”, pudiendo haber varias oficinas según los objetivos que tengan los fondos. Desaparece así la “Junta de dirección”. El 7º da potestad a un “fiduciario profesional autorizado por el Banco Central” para administrar los respectivos sub-fondos, y el 8º da la dirección del Fondes a los directorios de las administradoras.
El artículo 10º establece que el nexo del Fondes con el Poder Ejecutivo será la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. El 16º, autoriza a las instituciones administradoras a solicitar la información necesaria para evaluar los proyectos y hacer el seguimiento de los apoyados, mientras que el también cambiado 18º habilita a solicitar asesoramiento externo para esas evaluaciones y seguimientos, y el 25º establece que las empresas deberán informar mensualmente a sus administradoras sobre la situación, recursos y actividades.

DEBERÁN CAPACITARSE
Por el artículo 29º se obliga al personal de las empresas asistidas a capacitarse para mejorar su gestión.
El 33º pasa todas las empresas autogestionarias ya aprobadas, que son cooperativas como la Cooperativa de Trabajadores de Paylana (Cotrapay) dependen ahora del instituto nacional Cooperativo (Inacoop), mientras que por el artículo 34º se establece que todos los demás emprendimientos que se presenten, dependerán de la recientemente creada Agencia Nacional de Desarrollo (AND).


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