Paysandú, Viernes 08 de Mayo de 2015
Locales | 03 May Por este medio solicito ejercer mi derecho de responder a la nota del Edil Ramón Appratto, publicada el 26/4/2015 en el diario EL TELEGRAFO, en la cual con evidente manipulación de los hechos y las normas aplicables, agravia a mi persona y mi honor.
Debo decir en primer término, que durante tres años y tres meses trabajé orgullosamente para la Administración del Frente Amplio liderada por Julio Pintos en el área de Cooperación Internacional, período en el cual con el apoyo de todos los funcionarios logramos posicionar a Paysandú en el mapa de la cooperación y traer a nuestro Departamento más de dos millones de dólares para apoyar 15 proyectos sociales --como consta en los informes presentados oportunamente ante la propia Junta Departamental--.
Para dicha tarea fui contratado el 8 de marzo del 2007 (Resolución No 0653/2007) con una carga horaria de 30 horas semanales, en régimen de arrendamiento de servicios profesionales de acuerdo a los arts. 1831 y ss del Código Civil, con una retribución de honorarios profesionales equivalentes al Grado A 12 más IVA que se abonaban con cargo del Rubro 2, contra factura. Posteriormente, el 8 de Febrero de 2010 --casi al final de la Administración anterior-- ese contrato de arrendamientos de servicios profesionales se modificó y amplió hasta el 30 de junio de 2010 a 40 horas semanales, en base a nuevos Términos de Referencia (TdR) porque se le agregaron los servicios (en el marco del Convenio del Proyecto Parlocal financiado por la Comisión Europea) de la Coordinación técnica y supervisión de dicho proyecto. Por lo tanto, mis honorarios profesionales pasaron a regirse por lo establecido en dicho convenio internacional --cuya documentación completa se encuentra en la Escribanía de la Intendencia-- y es por ello que 15 horas semanales fueron pagadas con cargo del rubro 2 de la Intendencia y 25 horas fueron pagadas con cargo de los fondos extra-presupuestales del Proyecto Parlocal provenientes de la Comisión Europea (DC/INSAPVD/2009/2). No se trata entonces de dos sueldos, sino de un único contrato de servicios, ampliado en sus horas semanales y en sus servicios, cuyos honorarios se pagaron con cargo de dos rubros de distinta fuente, alivianando de esta manera la carga presupuestal de la Intendencia.
Cabe puntualizar asimismo que yo no era funcionario de la Intendencia de Paysandú y por lo tanto no me regían las normas aplicables a los funcionarios, como lo es el art. 37 del Estatuto del Funcionario Municipal que se refiere a los “funcionarios” contratados por la Intendencia. El propio art. 4º del Estatuto del Funcionario de Paysandú en su redacción dada por el Decreto Nº 4634/04 de la Junta Departamental de Paysandú se encarga de decir claramente: “No son funcionarios de la Intendencia Departamental de Paysandú los becarios, pasantes y personas vinculadas mediante ‘contratos de arrendamiento de obra y de servicios…’”
Considerando que el edil Appratto fue precisamente uno de los ediles que votó dicha norma, no podemos aceptar que ignore la misma, por lo tanto afirmamos que tergiversa intencionalmente los hechos. La mayor prueba de que no existe en los mismos ningún ilícito es que los ediles del Partido Nacional decidieron no presentar ante la Justicia una denuncia, porque saben de sobra que no tendría ningún fundamento legal.
Por mi parte, como aprendimos de nuestros padres que nuestro principal capital es nuestro buen nombre --y aunque sabemos que muchos sanduceros nos conocen por los más de treinta años que llevamos trabajando para el movimiento cooperativo y social-- igualmente estamos preparando con nuestros abogados la presentación ante la Justicia de una demanda por difamación, injurias, daños y perjuicios contra todos aquellos ediles del Partido Nacional que han involucrado nuestro nombre en estos episodios. Ello tiene como único fin el que estas actitudes de enlodar a muchas personas que trabajaron honestamente con la intención de lograr engañosamente algún voto, nunca más vuelvan a repetirse en nuestro querido Paysandú.
Por lo tanto, solicito al director y al redactor responsable de EL TELEGRAFO la publicación de este desmentido en el mismo día, lugar y destaque que tuvo la nota del Edil Appratto, en ejercicio de mi derecho de respuesta, confiado en que serán los ciudadanos los encargados de sacar sus propias conclusiones. Sin otro particular saluda a Uds. atte.:
Lic. Fernando Burjel Álvarez
EDICIONES ANTERIORES
A partir del 01/07/2008
May / 2015
Lu
Ma
Mi
Ju
Vi
Sa
Do
12
12
12
12
Diario El Telégrafo
18 de Julio 1027 | Paysandú | Uruguay
Teléfono: (598) 47223141 | correo@eltelegrafo.com