Paysandú, Sábado 18 de Julio de 2015
Locales | 14 Jul En el reciente ejemplar del quincenario “La Democracia”, del 10 de julio pasado, se sostiene que avanza en el Frente Amplio la idea de introducir reformas varias a la Constitución, en distintos aspectos no carentes, ciertamente, de trascendencia. El tema, por tanto, merece el comentario en esta columna.
Tal como quien preside el Frente Amplio, Mónica Xavier, expuso públicamente, una de las propuestas es revisar el concepto de “propiedad privada”, el cual en su opinión estaría “sobrevalorado”; también se han planteado cambios al sistema electoral, concretamente eliminar el balotaje, y acortar el largo período electoral por su alto costo y el esfuerzo que impone, además de otras reformas, tema varias veces analizado en esta columna.
Tal intento reformista impone que se vuelvan a señalar argumentos que quien es responsable de la presente columna ha emitido con respecto a tema tan importante como es, sin duda, lo que refiere a la Constitución y su eventual reforma.
Como desde 1830 tiene tremenda importancia para el país, para su esencial organización y para la normal marcha de sus instituciones fundamentales, es trascendente el funcionamiento de la Constitución. Y paralelamente lo es, a su respecto, lo que se ha calificado como su fijeza, vale decir, la máxima permanencia posible de sus normas, sólo pasibles de alteración por vía de reforma constitucional, o sea cuando es indispensable para su mejora o perfeccionamiento. Por ello, la eventual alteración de sus normas sólo se realiza cuando las circunstancias ponen claramente de manifiesto su trascendencia para el perfeccionamiento del funcionamiento institucional.
Por tanto, sólo es pertinente reformar la Constitución cuando existe un muy amplio acuerdo nacional, que por su importancia haya comprometido a las fuerzas políticas más representativas de la colectividad.
Pero es algo muy evidente que en estos momentos aun se está muy lejos de que exista a nivel nacional algún acuerdo que alcance las condiciones que son indispensables para poner en marcha una eventual reforma constitucional.
Ello significa, muy precisa y claramente, para bien del país y de su régimen constitucional, que tal como es deseable, la necesaria fijeza de su Constitución no ha sido en absoluto alterada en las presentes circunstancias; por tanto, que en el momento no se dan hechos que habiliten planteamientos relacionados con reforma constitucional alguna.
Se exponen los conceptos precedentes con agrado pero, obviamente, no sería desfavorable afrontar la necesidad de reformar las instituciones constitucionales si ello fuera indispensable; y es muy claro que para tal eventualidad, o sea una reforma constitucional, significaría para el país progresar por vía de la reforma de su institucionalidad constitucional.
Lo expuesto no significa, en absoluto, negar a las colectividades de índole política analizar los temas relacionados con la Constitución y con una eventual reforma de la misma; sí se considera pertinente afirmar que, cuando tales temas adquieren cierta trascendencia, es deseable que sean dadas a conocer a las restantes colectividades; ello facilitaría lograr los acuerdos que son deseables para afrontar luego las respectivas reformas. Y subrayamos finalmente que, tal como se titula esta nota, “para reformar la Constitución se necesita un gran acuerdo nacional”.
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