Paysandú, Martes 21 de Julio de 2015
Locales | 21 Jul En la edición precedente se sostuvo, ante informaciones que aludían a actividades de algunos sectores políticos gubernamentales favorables a promover reformas a diversas normas constitucionales, que es asunto muy importante. Pero se entendió que al respecto es fundamental tener presente, y por tanto reiterar, que lo que corresponde ante una cuestión de tal trascendencia es en sustancia lo siguiente: solo es pertinente reformar la Constitución cuando se la llegado a un muy amplio acuerdo nacional que, por su extensión, haya comprometido a las fuerzas políticas más representativas de la colectividad y obviamente a los especialistas en materia constitucional.
Y se agregó a ello que es muy evidente que, en estos momentos, aun se está muy lejos de que exista a nivel nacional algún acuerdo que alcance las condiciones que son indispensables para poner en marcha una eventual reforma constitucional. Y se entendió que en tal materia es deseable, y muy importante, que las normas adquieran lo que se llama fijeza, vale decir, vigencia prolongada, que determina que no suscite idea de que sea necesaria su reforma.
La información sobre este asunto tan trascendente tuvo, ulteriormente a la fecha en que en la presente columna se insertó dicho comentario, un cambio muy grande: en efecto, hubo excelente información sobre las propuestas reformistas que sectores del Frente Amplio, el MPP, el Partido Socialista y el Nuevo Espacio han formulado y hecho públicas, no todas coincidentes sobre el Poder Judicial, el Estado, los derechos, las elecciones y el mecanismo que proponen para encaminar sus propuestas. Es pertinente señalar que, con respecto al mecanismo para promover las reformas, el MPP sugiere la iniciativa popular del 10% de los ciudadanos inscriptos, los socialistas proponen la Convención Nacional Constituyente, en tanto el Nuevo Espacio descarta tal convención por considerar que tiene más inconvenientes que virtudes, en lo cual coinciden en general los especialistas en materia constitucional.
Otros aspectos importantes relacionados con el tema también han tenido buen apoyo informativo, como es el caso, verbigracia, de la opinión de varios expertos en temas constitucionales, entre ellos los doctores Martín Risso y Ruben Correa Freitas, quienes sostienen lo que expresa El País del 17 de julio bajo el titular “Expertos: reforma no es urgente y desaconsejan la Constituyente”. El profesor doctor José Korseniak había también sustentado tal punto de vista, y el doctor Correa Freitas ha expresado asimismo que la reforma no es viable si no hay un consenso de todos los partidos políticos. Y coinciden los constitucionalistas en que no es necesario reformar la Constitución para cambiar el concepto de propiedad privada de inviolable a fundamental. Es pertinente señalar que de dicha edición de El País fueron tomadas las informaciones que se transcriben, o resumen, en esta columna.
La creación de un tribunal o sala constitucional es apoyada por Correa Freitas y por Korseniak, pero sobre la base de que se asegure que no quede sometido al poder político del gobierno y sea independiente. Pero no lo deben integrar, según Corrrea Freitas, actores sociales, jerarquías jurisdiccionales y especialistas académicos: al respecto señaló que ya hay experiencias en América Latina. Korzeniak no se opone tampoco al Tribunal Constitucional, pero entiende que si se mejora la carrera de los magistrados no sería necesario hacer tal cambio. A Risso no le convence la propuesta pues considera que la Suprema Corte de Justicia cumple bien sus competencias, y agrega que el tribunal debe ser “jurisdiccional y no político”.
Korseniak también emitió opinión acerca de la oportunidad de una reforma constitucional, y fue al respecto muy claro y preciso. Consideró que “ahora” no es conveniente, y agregó: “No lo veo como un tema ni para este año, ni para el que viene”. Coincide con tal opinión Martín Risso, quien expresó que “la Constitución se puede modificar en cualquier momento, pero ahora no hay urgencia”, y agregó que “sinceramente no hay mucha cosa que modificar” y “lo único que mejoraría sería la convocatoria de las elecciones legislativas de medio término. Lo demás serían modificaciones muy limitadas”. En su concepto, la mejor herramienta para modificar la Constitución es la ley constitucional, que requiere la mayoría especial de dos tercios de cada cámara para ser aprobada. En cambio, aseguró que la Constituyente es un mecanismo “muy pesado” y “costoso”.
Se expidieron algunos puntos de vista sobre cambios en el régimen electoral: Correa Freitas expresó que el balotaje “es un buen instrumento” y se deberá mantener, aunque sí son necesarias modificaciones en las elecciones internas, para que en lugar de ser abiertas sean cerradas a los afiliados de los partidos. Por su parte, Risso opinó que es “absolutamente razonable” separar más en el tiempo las elecciones nacionales de las departamentales. A su juicio, juntarlas “sería un retroceso”. En tanto, para José Korseniak “al sistema electoral hay que simplificarlo” y llevarlo a una sola elección, sin contar las internas.
Se considera que las diversas opiniones glosadas son suficientes para advertir, con la indispensable claridad, cuáles son los puntos de vista más importantes que sustentan quienes por su actividad profesional o política son especialistas, o están muy vinculados, con los temas constitucionales. Y se culmina el presente comentario con la reiteración de que la eventualidad de una reforma constitucional está muy, muy lejos, de ser realidad.
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