Paysandú, Martes 18 de Agosto de 2015
Locales | 11 Ago Cuatro partidos políticos respaldaron ayer con la firma de sus representantes un anteproyecto de ley que ordena el manejo de la publicidad oficial, y por primera vez se reconoce su desigual distribución, obligando a todos los organismos oficiales a invertir al menos un 30% de su publicidad en los medios de comunicación del Interior, donde hoy llega alrededor de 2,5% del total. Según estimaciones oficiales, en 2013 la inversión publicitaria en todas sus frmas de todos los organismos públicos fue del orden de los 50 millones de dólares.
A las 18 de ayer, en la Cámara de Representantes, fue presentado el proyecto que “tiene por objeto regular la producción, planificación, contratación y distribución de la publicidad oficial de cualquier organismo público de alcance nacional, departamental o municipal, sea estatal o no estatal –incluyendo a las sociedades anónimas de capital estatal--, en cualquier medio de comunicación social, servicio o plataforma de información y comunicación”, según dice en su artículo primero. El documento, de 8 páginas y 24 artículos, fue presentado con la firma de los diputados Alejandro Sánchez, Julio Battistoni y Carlos Varela del Frente Amplio, Pablo Abdala del Partido Nacional, Ope Pasquet del Partido Colorado e Iván Posada del Partido Independiente, y la redacción está basada en un trabajo realizado por el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo)
GARANTIZAR DERECHOS
La norma propuesta define publicidad oficial como “una herramienta de los organismos públicos para informar, comunicar y explicar a través de los medios de comunicación social respecto a los servicios que prestan y las políticas públicas que impulsan, con la finalidad de cumplir sus cometidos y garantizar el derecho a la información y el ejercicio de los derechos civiles de los beneficiarios de las mismas o las personas en general. La información que transmita la publicidad oficial debe ser veraz, objetiva, clara, transparente, necesaria, oportuna y relevante para la población”.
En busca de lo que definen como “transparencia activa”, el proyecto establece en su artículo 6º que “los organismos públicos comprendidos en esta ley tienen la obligación de publicar en forma completa, permanente y actualizada en su página web” la información relativa a la asignación de publicidad oficial.
El principio general para la asignación de publicidad oficial será “el procedimiento de licitación pública, cuando sea posible, a través de compras de espacio publicitario en función de campañas y planes de información y comunicación institucional”, auqnue hay excepciones para contratación directa o por licitación abreviada.
EL 30% AL INTERIOR
El artículo 10 establece que, más allá de la pauta a asignar a medios públicos (las radios del Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos y Televisión Nacional Uruguay), deberá destinarse al menos 30% del monto total asignado a la publicidad oficial a medios de comunicación, programas o producciones informativas de producción local radicados en el Interior. Además, los medios de comunicación que reciban publicidad oficial están obligados a publicar la información detallada de montos y características de la pauta publicitaria oficial recibida.
En otro orden, el articulado establece que en la publicidad estatal quedan prohibidos los mensajes discriminatorios, el uso discriminatorio de publicidad oficial para castigar o premiar en función de líneas editoriales, el uso de publicidad oficial como subsidio encubierto, donaciones de organismos estatales a medios de comunicación y fines propagandísticos partidarios.
También se prohíbe incluir la voz, imagen o cualquier referencia que individualice en las piezas publicitarias a dirigentes políticos que ocupen cargos electivos o de particular confianza, así como tampoco se podrá realizar publicidad oficial en los 30 días previos a las elecciones internas, a las nacionales y departamentales o 15 días previos a la segunda vuelta presidencial (balotaje).
ORGANISMO RECTOR
El proyecto crea la Unidad para la Asignación de Publicidad Oficial (UAPO), como órgano desconcentrado de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónico y la Sociedad de la Información (Agesic). El nuevo organismo estará dirigido por un representante de la Agesic y dos del Poder Legislativo. La UAPO estará encargada de contratar encuestas nacionales y departamentales sobre lectoría, cobertura y penetración de medios gráficos, radiales y audiovisuales. Además contratará a la estatal Universidad de la República para ejecutar el mismo conjunto de encuestas. Todas las consultas de la UAPO serán de acceso libre para la ciudadanía.
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