Paysandú, Lunes 12 de Octubre de 2015

OPINIÓN

SOLICITADA

Locales | 11 Oct ORDENANZAS Y CONSTUMBRES
Infinidad de veces hemos escuchado decir: “si el otro lo hizo yo también lo puedo hacer”, o “dale nomás que no pasa nada, nadie controla y si me dicen algo, les digo que primero vayan a lo de fulano antes de sancionarme a mí”. Así, se va tejiendo una trama en la cual los actores somos los propios ciudadanos y que muchas veces debemos tomar medidas frente a otro por el abuso e indicarle dónde terminan sus derechos y comienzan sus obligaciones. De esa manera se va perdiendo el respecto por el vecino, por el conciudadano.
¿Hasta cuándo vamos a dejar que los valores sigan cayendo? Tal vez hasta que nos volvamos seres primitivos, donde las sociedades se regían por la fuerza y el poder.
Pero para que ello no suceda, para que la vida y la convivencia transcurran educada y armónicamente, se han dictado normas, leyes, decretos, etcétera que nos dan a cada uno de nosotros deberes, derechos y obligaciones frente al otro.
Pero ¿de quién es la responsabilidad de hacer cumplir esas normas vigentes para dicha convivencia? De los organismos que se integran a nivel nacional o departamental.
Lamentablemente en nuestra sociedad siempre hay “hijos y entenados”. Para algunos las normas se exigen su cumplimiento y para otros no, dando desde favores hasta compromisos.
Esto es moneda corriente y se aplica en casos donde el funcionario mira para el costado para pasar por alto cosas que están fuera de la ley y no cumplen con los decretos de vigencia departamental o nacional.
Nuestra ciudad, no escapa a estas “costumbres”, donde los controles que se deben efectuar por las autoridades responsables son hasta en ciertos casos nulos.
Excusas para que no se hagan las cosas correctamente hay muchas como cuando dicen: “es el trámite acostumbrado, es burocrático”, o “dependemos de otras oficinas para concurrir a fiscalizar”; “cada repartición dictamina por separado y hay que esperar que el expediente pase a la otra oficina”, etcétera.
Más allá de que eso muchas veces es verdad, si existiere una situación de emergencia, el jerarca puede y debe ordenar una actuación de oficio. Para ello, lo asisten las potestades del cargo para el cual ha sido designado.
En estas situaciones es donde dichos jerarcas pueden llegar a ser imputados, por no haber actuado de oficio, si la situación lo amerita. En todos los casos, donde se actúa con pasividad desmedida, por no decirlo de otra manera, los interesados se desesperan ante la falta de solución al problema.
La habilitación de locales comerciales, viviendas, casas de comidas, carpinterías, industrias, etcétera, como también todo local donde se convoque público o se manipulen productos de riesgo, se debería contemplar que cumpla la reglamentación vigente como también su inserción en la ciudad donde la normativa regula y limita ciertas actividades en determinadas zonas.
Las mismas se refieren a afectaciones de retiros, alturas, áreas no edificables, etcétera, las que se deben exigir y respetar y porque fueron pensadas ni más ni menos para proteger la integridad física y el bienestar de las personas.
Mientras las autoridades en la materia no comprendan que las normativas vigentes son una herramienta a aplicar con el fin de mantener el orden en la convivencia social, y, que la omisión en situaciones expresas de no impulsar de oficio dichas normas por ellos mismos y hacerlas cumplir, serán responsables de la degradación paulatina de los valores sociales y la decadencia del comportamiento del ciudadano frente a sus pares.
C.I. 3.078.930-9


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