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Paysandú, Martes 05 de Enero de 2016

Aprobaron informe del Tribunal de Cuentas sobre Presupuesto Quinquenal de la Junta

Locales | 05 Ene En breve sesión, el plenario de la Junta Departamental de Paysandú, presidido por Enzo Manfredi, del Frente Amplio, aprobó --por 28 en 30 ediles presentes-- las observaciones del Tribunal de Cuentas respecto del proyecto de Presupuesto Quinquenal del cuerpo. El documento redactado por la Comisión de Presupuesto llegó con la firma de los ediles Mauro Buchner, Emiliano Molinari, Elsa Ortíz, Ricardo Ambroa, Libia Leites y Raquel Medina del FA, Marcelo Tortorella y Roque Jesús del PN.
Faltaron los votos de la línea de ediles cuyo titular es Carlos Balparda (PN) quien lo fundamentó por discrepancias con el artículo referido a “gastos inherentes a la función del edil”. Solicitó un cuarto intermedio para tratar el tema en bancada pero, vueltos a sala, no se desglosó el informe del Tribunal de Cuentas así como tampoco se reconsideró la votación nominal solicitada precisamente cuando se votaba a mano alzada.

OBSERVACIONES
Las observaciones del Tribunal de Cuentas de la República (TCR) al proyecto de Presupuesto de la Junta Departamental refieren a cargos previstos sin asignación presupuestal y a los “gastos inherentes a la función del edil”, dado que los mismos “revisten una naturaleza retributiva”. Señala que el Presupuesto de la JDP “ha sido preparado en forma razonable” y que se presenta “de conformidad con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, excepto por lo establecido en los párrafos 2.2, 3.3 y 3.4”.
En las observaciones se indica que en cuanto a las asignaciones proyectadas (párrafo 2.2), “en el escalafón especializado se incluye un cargo de revisor y en el escalafón administrativo, dos cargos de director de departamento, un jefe de área, un administrativo I, dos administrativos II y un administrativo III. Estos cargos, si bien no fueron suprimidos en la normativa aprobada, no se consideraron a los efectos del cálculo de los objetos de gastos correspondientes, presentándose sin sueldo. Por consiguiente la asignación presupuestal resulta insuficiente para atender el pago de la totalidad de los cargos existentes”. Más adelante se recuerda que “la facultad otorgada a la Junta Departamental de transformar cargos vacantes no puede exceder el límite de la asignación presupuestal”.
En cuanto a la partida prevista en el artículo 21 proyectado (párrafo 3.3) que “pasa a denominarse ‘gastos inherentes a la función del edil’ ya fue observada como ‘gastos de representación’ en el anterior presupuesto y contraviene lo dispuesto por el artículo 295º de la Constitución que dispone que ‘los cargos de miembros de las Juntas Departamentales y Locales serán honorarios’. En este sentido, los gastos que corresponden a viáticos y locomoción ya se encuentran previstos en el presupuesto. Por lo tanto, al no especificarse a qué corresponden los ‘gastos inherentes a la función del edil’ (objeto 239) los mismos revisten una naturaleza retributiva".
Respecto del párrafo 3.4 se recuerda que el TCR “en sesión de fecha 26 de febrero de 2014 acordó observar la normativa de partidas para gastos de traslado, alimentación y alojamiento para los ediles, prevista en la Resolución 510/2012. Asimismo con posterioridad este cuerpo observó modificaciones a dicha reglamentación, considerando que no se ajustaba a lo preceptuado, en especial a la ausencia de rendiciones de cuentas”.

RESOLUCIÓN
En definitiva, la resolución de la Junta, a instancias de la Comisión de Presupuesto, señala: “Aceptar la observación realizada por el TCR expresada en el punto 2.2 de su dictamen. No aceptar las observaciones formuladas en los puntos 3.3 y 3.4 (por encontrarse pendientes las reglamentaciones correspondientes, estando previsto se realicen conforme a las disposiciones legales, constitucionales y a las resoluciones del TCR). Comunicar al Tribunal de Cuentas de la República lo resuelto. Remitir a la Asamblea General Legislativa los antecedentes, atento a las observaciones que no fueron aceptadas”.
Fue aprobada por unanimidad la licencia reglamentaria del presidente Jorge Dighiero y en un lapso de no más de quince minutos se votó el artículo 28º, dándose por finalizada esta sesión extraordinaria.


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