Paysandú, Miércoles 27 de Enero de 2016
Locales | 21 Ene Para el diputado Nicolás Olivera, el miércoles 13 de enero de 2016 “será una jornada histórica ya que asistimos a un claro avasallamiento de la competencia del Municipio de Guichón y sus autoridades electas”. Dijo además que “la decisión adoptada no encuentra amparo en el régimen legal vigente, desconociendo en forma ilógica la descentralización instaurada por las leyes de creación y funcionamiento de los municipios, como así también los propios decretos con fuerza de ley sancionados por la Junta Departamental de Paysandú”.
En tal sentido, recordó que por decreto departamental N° 6063/2010 del 12 de febrero de 2010 se aprobó no sólo la creación de los municipios de Guichón y Provenir, sino que –en forma expresa– se delimitó su jurisdicción. Además, la creación y delimitación ha resultado luego confirmada por las leyes N° 18.653 del 15 de marzo de 2010 y 19.319 del 27 de marzo de 2015, que en forma unánime ratifican lo dispuesto por la Junta.
En este contexto, reafirmó que es la propia Ley de Descentralización –que hoy se desconoce– la que define la materia municipal, cumpliendo con lo previsto en el artículo 261 inciso 4 de la Constitución. El artículo 7 de la norma sufrió serias modificaciones, que entraron en vigencia al asumir las nuevas autoridades municipales, y en la cual se señala que serán materia del municipio todos los asuntos que le son propios dentro de su circunscripción territorial (artículo 7 numeral 2 de la ley 19.272), y que sólo en las zonas del territorio donde no exista municipio, las competencias municipales serán ejercidas por el gobierno departamental (artículo 8).
Por lo tanto, “el centro poblado de Almirón y sus termas se encuentran dentro de la jurisdicción del Municipio de Guichón”, sentenció. “Aquí no debe perderse de vista que es la ley la que ha venido a ratificar lo que ya el propio gobierno departamental había definido, y tampoco se puede desconocer que por el Decreto N°2803/96 se declaró dentro del territorio del hoy Municipio de Guichón a la localidad de Almirón como centro poblado”, agregó.
LLAMATIVO Y CONTRADICTORIO
El diputado aliancista subrayó que más allá de la irregularidad formal y sustancial que enmarca la decisión, “resulta llamativo y contradictorio” que en 2008 –previo a la creación de los municipios– el Ejecutivo Departamental de la época transfiriera la administración del centro termal a la Junta Local de Guichón y hoy, años después, un jerarca del mismo partido político, en contra del marco jurídico vigente, opere por el camino contrario.
Olivera expresó que “no corresponde asignar intencionalidades, pero es claro que esta situación supone un claro ataque a la descentralización que se ha venido construyendo a nivel nacional, departamental y local”. Acotó que, según asesoramiento jurídico primario, “el acto administrativo carece de virtualidad jurídica para modificar la jurisdicción del municipio ni sus competencias, por estar falto de los poderes jurídicos necesarios para ello, resultando improcedentes los medios legales y administrativos adoptados”.
Subrayó que este hecho “tiene por antecedente las propias decisiones del intendente, quien en este como en otros casos optó por designar directamente personal de su confianza en forma inconsulta frente al Concejo Municipal. Como es de público conocimiento, una de esas designaciones recayó en el centro termal, medida que desde el inicio las autoridades locales entendieron que no eran atinadas, señalando enfáticamente que la administración del centro termal requiere contar con personal con un perfil funcional determinado, con preparación y experiencia”.
Al legislador también le llama “la atención que la resolución adoptada se pretenda fundamentar aduciendo problemas de gestión del centro termal y del centro poblado todo, poniendo en duda la actuación del alcalde y del concejo municipal”. “La gestión y manejo del centro termal de Almirón a cargo del municipio ha sido desde el período pasado –en mi opinión– poco menos que ejemplar”, añadió.
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