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Paysandú, Miércoles 24 de Febrero de 2016

Intendencia no actuará en antiguos asentamientos en terrenos privados

Locales | 17 Feb La Intendencia de Paysandú atenderá todos los casos de ocupación de terrenos fiscales donde se instalen asentamientos irregulares o se levanten construcciones cuando esas tierras tengan problemas de salubridad o sean destinadas a otros fines, y siempre que haya posibilidades de brindar el realojo de las familias afectadas, dijo a EL TELEGRAFO el secretario general de la Intendencia, Mario Díaz. Aunque “no se permitirán nuevos asentamientos”, si hay algún terreno privado ocupado, para la comuna “no son la prioridad”.
“Si bien la ley de Ordenamiento Territorial y desarrollo sostenible aplica también para otros casos, la prioridad que tenemos en la Intendencia es reubicar a la gente que está ocupando terrenos fiscales o con problemas de salubridad, como es el caso de la Chapita”, dijo Díaz, recordando que “este caso fue un compromiso asumido por la Intendencia y el gobierno nacional, y se procedió al realojo de las familias y la posterior destrucción de las viviendas, para que no siga el problema de la ocupación de tierras que no están habilitadas ni en condiciones para vivir”.
Con respecto a las declaraciones de un vecino en cuanto ahora las familias eran más grandes que cuando se acordó brindarles una vivienda nueva, y que se habían agregado habitaciones a las construcciones en La Chapita, dijo que “ese argumento no es de recibo, ya que cuando se les concedió el realojo en aquel momento, se aclaró que esas viviendas no podrían ser habitables nuevamente; sabían que no se podía construir más en ese lugar. Por eso se les dio una vivienda nueva y en otro lugar, porque ese terreno no es habitable”.

TAMBIÉN EN TERRENOS PRIVADOS
La Ley 18.308 también dispone que la Intendencia será quien “deberá impedir” la construcción de viviendas en terrenos privados no habilitados o que no tengan permisos para esas construcciones, por lo que la calidad de “policía territorial” también recae para salvaguardar la propiedad privada de la tierra, aún cuando no haya denuncia directa del propietario. Enterados de una ocupación ilegal, “la Intendencia deberá concurrir ante la sede judicial de turno, solicitando la inmediata detención de las obras y la demolición de las existentes. Presentada la demanda, el juez actuante, verificados los extremos imprescindibles, decretará la suspensión inmediata de las obras y la demolición de las existentes”, según dice el texto de la Ley.
Específicamente, en el artículo 68 dice: “Los gobiernos departamentales ejercerán la policía territorial mediante los instrumentos necesarios, a los efectos de identificar todas aquellas acciones, obras, fraccionamientos, loteos u operaciones de todo tipo realizadas en contravención de las normas aplicables y sancionar a los infractores”, y agrega en el artículo siguiente que “las intendencias municipales, en el marco de los poderes de policía territorial y de la edificación, deberán impedir: la ocupación; la construcción; el loteo; el fraccionamiento y toda operación destinada a consagrar soluciones habitacionales, que impliquen la violación de la legislación vigente en la materia o los instrumentos de ordenamiento territorial, respecto de los inmuebles del dominio privado donde no pueda autorizarse la urbanización, fraccionamiento y edificación con destino habitacional”, y amplía esa obligación “también para los casos que carezcan de permiso aunque se ubiquen en zonas donde pudiera llegar a expedirse dicha autorización”.
Según este texto, la Intendencia al ejercer la “policía territorial” deberá impedir la instalación de asentamientos o la construcción de viviendas sin permiso en terrenos tanto públicos como privados.

“AHORA NO SON LA PRIORIDAD”
El Secretario de la IDP aseguró que “no se permitirán nuevos asentamientos”, pero si hay algún terreno privado ocupado “esos casos ahora no son la prioridad”, en el entendido que “hasta ahora, si había alguna situación de asentamiento en terreno privado, el propietario va a la Justicia y se hace el procedimiento de desalojo”, y considerando el texto de la ley mencionada, afirmó que “para la Intendencia lo importante ahora es que la gente no siga viviendo en terrenos que son inundables o tienen problemas sanitarios, y para trasladarlos también hay que darles una solución habitacional”.
Díaz adelantó que “por ejemplo tenemos el caso de la construcción de los accesos al puerto de Paysandú, donde hay construcciones irregulares, pero tendremos que desalojar a esas personas reubicando sus viviendas en otro lado. Esas son ahora las prioridades de la Intendencia en cuanto al realojo de personas que están en asentamientos o tierras ocupadas donde no se puede vivir”.
No obstante, dijo que “en la medida que esos problemas más inmediatos sean solucionados y esas personas realojadas, se considerará el resto de los problemas, como la ocupación de terrenos privados”.


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