Paysandú, Martes 29 de Marzo de 2016

Emiten resolución que define formato electrónico para la Declaración Jurada

Rurales | 27 Mar Atendiendo a la necesidad de adecuar y planificar instrumentos operativos asociados con la Declaración Jurada Pecuaria (Dicose), el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca emitió una resolución con cambios para 2016. De acuerdo con la norma, el uso de tecnologías será optativo para productores (con y sin campo), administradores y titulares de campos de recría. En el caso de empresas con giro comercial e intermediación, el formato electrónico será obligatorio.
La directora del Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG), María Nela González, dijo que la medida se enmarca siguiendo los lineamientos de esta administración en materia de acercamiento a la ciudadanía, para facilitar y transparentar procesos en cuanto a transacciones y servicios que el Estado presta al ciudadano.
Explicó que “el compromiso de Presidencia de la República es que para el 2016 los ciudadanos puedan iniciar el 100% de los trámites de forma electrónica y, para el 2020, dichos trámites podrán ser iniciados y culminados en este formato”.
En esa línea, el SNIG comenzó este proceso en 2012 y ya posee varios trámites electrónicos, como el registro de alta y baja de los animales a través del portal SNIG, la identificación de los bovinos y nuevas transacciones electrónicas relativas a la trazabilidad. “Para la Guía de Propiedad y Tránsito, un documento legal para bovinos que funciona hace más de 40 años por Dicose, hoy existe su formato electrónico con los mismos contenidos”, afirmó la directora.
En cuanto a la Declaración Jurada Anual, explicó que solo se modifica el formato, los contenidos son los mismos. De esta manera se optimiza y mejora la calidad de los datos que se obtienen.
El plazo para su presentación es desde el 1º de julio y hasta el 31 inclusive, como cada año. Para las empresas que realizan actividades de giros comerciales o actividades de intermediación (remates, consignatarios, chacineros, frigoríficos, abastecedores, importadores y exportadores), es obligatorio presentar declaración de forma electrónica. Los productores podrán hacerlo de forma opcional.
Para realizar el trámite electrónico será necesario contar con un usuario y contraseña del portal www.snig.gub.uy. En caso de no poseer usuario, podrá solicitarse a través de dicho portal, en el Centro de Atención Ministerial o con los territoriales del MGAP de la zona. Los productores que elijan realizar el trámite de forma tradicional (formulario papel) deberán remitirse a las comisarías o jefaturas de Policía del Interior del país. Tendrán que inscribirse o realizar declaración todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que posean bovinos, ovinos, equinos o caprinos de zonas urbanas, suburbanas o rurales.


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