Paysandú, Lunes 11 de Julio de 2016
Opinion | 11 Jul La utilización de las redes sociales ha cambiado la forma de ver la privacidad desde diversos aspectos en la vida de un individuo, que incluso ha optado por la utilización de las nuevas tecnologías para recibir información. Además Facebook, Twitter, Youtube o Linkedin, son utilizados para manifestar su descontento con las decisiones del gobierno de turno, fallos de la Justicia y no faltan las comparaciones con el pasado reciente, con mayor o menor grado de exactitud en las apreciaciones.
Han sido usado para ayudar a personas o colectivos en causas sociales, búsqueda de personas, difusión de intereses varios, compra-venta y búsqueda de oportunidades laborales, promoción de productos y de tiempo libre. Es decir, está presente en la vida de las personas durante la mayor parte del día y a pesar de este protagonismo, aún no han sido regulados por el Derecho, ni tampoco existe una definición legal sobre reclamos civiles que estas relaciones generan insoslayablemente.
Los abogados repiten que “en todo está el Derecho”, y sin embargo, los jueces que deben adoptar una decisión basada en denuncias por difamación e injurias, resolvieron que las disculpas y retractación por ese mismo medio, alcanzaba para lavar un insulto u ofensa al honor del agredido. En realidad, acuden a normativas ya existentes y que no fueron instrumentadas para estos casos, donde abunda el cyberbulling, insulto y maltrato. Por lo tanto, la interpretación del Código Civil no presenta un impacto directamente proporcional a las injurias que diariamente se leen las redes sociales, cuya magnitud permanece sin regulación específica sobre estos asuntos.
El impacto e influencia que ejerce se observa a nivel global. De hecho, en el Reino Unido y Canadá la mitad de los usuarios que ingresan a Facebook recibe noticias cuyo origen no se identifica, y para el 50% de los consumidores de Internet las redes sociales son su fuente principal de información. La presencia de las redes sociales en la vida de las personas es de tal magnitud, que resulta inexplicable la inexistencia de un ámbito de regulación y debate acorde a estos tiempos.
En abril pasado, el Parlamento de la Unión Europea (UE) resolvió una mayor revisión de la protección de datos personales y adaptó su legislación –por primera vez-- en más de 20 años de la era de Internet que se ajustará a las legislaciones de los países en un lapso de dos años.
Y tan álgida había sido su discusión, que algunos parlamentarios europeos reconocieron la “tarea herculana” sobre una cuestión que llevaba cuatro años en la agenda. El paquete de textos adoptados incluye una directiva que fija “por primera vez las normas mínimas para el tratamiento de los datos con fines policiales en cada Estado miembro”, según un comunicado del Parlamento europeo que se ufana de contener los estándares más altos de legislación en este sentido.
En Uruguay, las acusaciones, insultos o mentiras llegan con más frecuencia a los juzgados y se populariza, en cierta medida, el desconocimiento frente al alcance que tienen las redes sociales, en comunidades que se han vuelto cada vez más vulnerables a los corrillos o comentarios, dando lugar al escaso margen de análisis que requiere cualquier noticia o juicio de valor.
La creencia –aún inserta en la sociedad-- de la existencia de una impunidad ilimitada en la redes sociales, denota el nivel de ignorancia en aquellos que desconocen la adaptación que llevan adelante algunos jueces uruguayos y han comenzado a investigar estos delitos. Es que lo que queda escrito en las redes, es una prueba y se utiliza como tal. Incluso, una vez borrado del muro, se rastrea y corrobora que partió de un usuario determinado.
En marzo, la justicia de Salto procesó con prisión a un joven de 20 años por defender el nazismo y promover actos de odio racial contra los judíos a través de Facebook y días pasados, el senador Luis Lacalle Pou aceptó las disculpas por esa misma red y varios medios de prensa capitalinos, de un hombre que aseguró que el legislador atropelló hace años a una persona que falleció en ese accidente. Incluso, un adolescente escribió en Facebook que Pablo Gonçálvez, quien salió de la cárcel luego de 20 años por un triple homicidio, era protegido por un vecino salteño –que nombró en dicha publicación-- y tras la denuncia de rigor, debió retractarse en la misma red.
En realidad, los procesamientos son pocos, porque existen muchos acuerdos y el final es una disculpa que se publica en el mismo espacio utilizado para la difamación.
¿Qué dice el Código Penal de Uruguay para tipificar el delito de difamación? El artículo 333 señala que “el que ante varias personas reunidas o separadas, pero de tal manera que pueda difundirse la versión, le atribuyere a una persona un hecho determinado, que si fuere cierto, pudiera dar lugar contra ella a un procedimiento penal o disciplinario, o exponerla al odio o al desprecio público, será castigado con pena de cuatro meses de prisión a tres años de penitenciaría o 80 unidades reajustables (UR) a 800 UR de multa”. En este artículo se basó un juez de Soriano para procesar a un usuario de la red que publicó el despido de trabajadores por un empresario que, a su vez, cometía irregularidades con aportes y viáticos.
El delito de injuria se encuentra en el artículo 334 y aclara que quien “ofendiere de cualquier manera, con palabras, escritos o hechos, el honor, la rectitud o el decoro de una persona, será castigado con pena de tres a dieciocho meses de prisión o 60 UR a 400 UR” y exime de responsabilidad a “cualquier clase de manifestación humorística o artística”.
El concepto del honor y la afectación a las personas va mutando y hoy existe la creencia de una licencia para la utilización de –casi-- todos los bienes públicos o abiertos, como las redes.
Desde aquel original sitio para uso exclusivo de estudiantes de la Universidad de Harvard, creado por el inquieto estudiante Mark Zuckerberg, hasta la creación de este gigante informático que ha tendido sus tentáculos virtuales a los sitios más alejados del planeta, no pasaron más que unos pocos años.
Sin embargo, en cuestiones éticas vale aclarar que en la declaración de derechos y responsabilidades, la misma empresa señala: “Respetamos los derechos de otras personas y esperamos que tú hagas lo mismo. No publicarás contenido ni realizarás ninguna acción en Facebook que infrinja o viole los derechos de otros o que viole la ley de algún modo”.
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