Paysandú, Martes 09 de Agosto de 2016
Locales | 04 Ago La diputada Carina Díaz, suplente de Walter Verri, junto a las representantes Cecilia Eguiluz, Graciela Matiaude, Susana Montaner, Nibia Reisch y Dianne Martínez presentaron un proyecto de ley que pretende aumentar la protección a las víctimas de delitos sexuales, otorgando “mayor facilidad y simplicidad para que las víctimas tengan garantías y para que hagan las denuncias”.
El proyecto mantiene el incesto como un delito autónomo, pero a su vez se “busca tutelar modernamente con los derechos de las personas y no meramente la tutela de las buenas costumbres o de valores éticos, que han ido variado a lo largo de la historia”, desde que la legislación actual establece el delito solamente si hay escándalo público.
“Se refuerza entonces la idea del deber de la protección de las víctimas abusadas nada menos que en el seno familiar. No es solamente el tema jurídico el que está en juego, sino que es un asunto que tiene que ver con los derechos humanos, los derechos fundamentales, en especial sobre quienes están en una posición más débil, ya sea por cuestión de género, de edad (sobre todo los niños), de dependencia o de abuso de poder”, subrayó.
Concretamente, el proyecto pretende reformar el artículo 276 del Código Penal, cambiando su redacción por: “Cometen incesto los que mantienen relaciones sexuales con los ascendientes legítimos y los padres naturales reconocidos o declarados tales, con los descendientes legítimos y los hijos naturales reconocidos o declarados tales, y con los hermanos legítimos. Este delito será castigado con seis meses de prisión a cinco años de penitenciaría”.
“Respecto a las consecuencias o secuelas, el abuso que significa el incesto, genera daños muchas veces irreparables y la evolución de quien lo padece dependerá de cómo procese esa situación de abuso. El dolor, el miedo, la confusión, la vergüenza, el rencor, la ambivalencia se empieza a sentir cuando descubre que eso que vive no es normal”, agregan las diputadas al presentar el proyecto.
“En su momento, se declaró la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, de las violaciones graves de los derechos humanos y del delito de genocidio. En el caso de los delitos sexuales, el mensaje debe ser el mismo, máxime cuando es de conocimiento público que la víctima de este tipo de delitos no necesariamente puede dar a luz pública el delito sexual cometido en su contra en el límite de tiempo que ha establecido la ley.”
“El mensaje que debe enviar el Estado en contra de este tipo de delitos sexuales debe ser contundente. Es nuestra responsabilidad prevenir la violencia sexual y animar a sobrevivientes para divulgar su abuso. En aras de fortalecer la política pública establecida, es necesario que dichos delitos sexuales no tengan un término fijo para encausarse”, argumentaron.
El proyecto de ley busca incorporar el artículo 277 bis del Código Penal. La redacción propuesta es: “La acción penal será imprescriptible para todos los que hubiesen participado en los delitos de: Violación (artículo 272); Atentado violento al pudor (artículo 273); Corrupción (artículo 274); Estupro (artículo 275); Incesto (artículo 276); Ultraje público al pudor (artículo 277). No serán por ende aplicables a los delitos previstos en el inciso anterior las disposiciones del artículo 117 de este Código”.
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