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Paysandú, Martes 04 de Octubre de 2016

Proyecto para contemplar a mayores de 50 años con despido especial

Locales | 03 Oct A través de un proyecto de ley, el diputado colorado Ope Pasquet propone elevar a 12 meses los topes de las indemnizaciones por despido (IDP) actualmente vigentes, para aquellos trabajadores que se queden sin trabajo cuando ya superan los 50 años de edad y por lo tanto enfrentan serias dificultades para poder resinertarse en el mercado laboral.
Sostiene el legislador, según indicó a EL TELEGRAFO, que si bien el proyecto mantiene las normas contenidas en la legislación vigente, atiende al hecho innegable de que “el daño y la aflicción que produce en el trabajador la pérdida del empleo es mayor cuando llegó a una edad en la que es más difícil reinsertarse en el mercado de trabajo, sin haber alcanzado aún la edad necesaria para acceder a la jubilación”.
Por lo tanto, “se pretende mitigar ese daño y esa aflicción elevando razonablemente el tope indemnizatorio vigente en consideración a la edad del trabajador, que hemos ubicado en un mínimo de 50 años cumplidos, el hecho de carecer de causal jubilatoria y una antigüedad mínima de 10 años en la empresa en la que se desvincula, porque de otra manera el beneficio que se pretende crear funcionaría como un elemento disuasivo de la contratación de personas en la edad indicada”.
Aclaró que “en efecto, de no exigirse la antigüedad mínima de 10 años el empleador preferiría contratar siempre a los más jóvenes, no solo por ser tales, sino porque, llegado el caso, no llegaría a la indemnización mejorada, sino a la común.
En cambio, al exigirse aquella para otorgar el beneficio, el empleador puede contratar a los mayores de 50 años con la tranquilidad de que una vez que adquieren la antigüedad mínima para reclamar la IDP mejorada tendrán también la edad mínima requerida para jubilarse y quedarán por lo tanto sujetos al régimen común en materia de indemnización”.
Destacó que por esta iniciativa, el tope de la indemnización por despido será “de 12 mensualidades siempre que a la fecha del despido hayan cumplido 50 años de edad por lo menos, no hayan generado causal jubilatoria y tengan una antigüedad en la empresa de más de 10 años”.
En el caso de los trabajadores jornaleros remunerados por día y a destajo o salario por hora, comprendidos en las leyes correspondientes, será de 300 jornales, siempre que hayan cumplido 50 años de edad, no hayan generado causal jubilatoria y tengan una antigüedad de más de 10 años en la empresa.


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