Paysandú, Domingo 16 de Octubre de 2016
Opinion | 09 Oct Precisamente ayer, justo cuando se cumplían los siete meses de aquel trágico 8 de marzo, se conoció la noticia que el informe del Instituto Técnico Forense (ITF) consideró inimputable a Carlos Omar Peralta, quien asesinó a puñaladas al empresario David Fremd. De ninguna manera esto quiere decir que quedará en libertad, en primer lugar porque, aun siendo inimputable, se trata de un sicótico crónico y que debe tener cuidados especiales por terceros responsables “de por vida”.
Lo que hay detrás del término inimputable --y que tiene especial importancia para la comunidad sanducera que tan impactada resultó por el crimen en aquella tarde de marzo-- es que para el ITF simplemente no es imputable y, por lo tanto, considera que no puede ser tratado como un delincuente.
El maestro que hasta el día anterior estaba apto para dar clases de Primaria a niños en su mayoría menores de 12 años, que al parecer estaban seguros con él, quien velaba por ellos, apenas unas horas después, en aquel fatídico día resultó ser una persona enferma que perdió el sentido de la realidad. Meses después se determina que no debería ser considerado penalmente responsable por su crimen.
Llegado el caso, ya no continuaría recluido en una cárcel común, para su caso, el Centro de Diagnóstico y Derivación del Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) que funciona en la antigua cárcel central de la capital.
Obviamente, el juez debe tomar en cuenta el informe elaborado por médicos del Hospital Vilardebó, los expertos en el tema. Lo que sostiene el dictamen forense es que Peralta no tenía la capacidad síquica para comprender lo antijudicial de su conducta.
Quizás sea enviado al Vilardebó, el hospital que “donde terminan todos los que nadie quiere”, según consigna el estudio “La inimputabilidad por trastornos psiquiátricos en el proceso judicial” (2009), realizado por Hernán Cabrera, Diego González, Natalia Laino, Cecilia Montes y Andrea Morteo.
Esa frase, que surgió de una reunión con la entonces directora del lugar, Andrea Acosta, pone literalmente los pelos de punta. Porque cual punta de iceberg, deja en evidencia que lo que realmente sucede es que el sistema judicial no encuentra una pena real y suficiente para Peralta. No se está desde aquí en condiciones de discutir ni la capacidad profesional ni la certeza del estudio llevado adelante por los especialistas forenses. No se pretende cuestionar sus conclusiones. El asunto esencial, en realidad, es mucho más profundo --como el mismo iceberg-- desde que no quedan dudas que para cometer un crimen así hay que estar fuera de sí. Loco, por decirlo de manera popular. ¿O es que acaso alguna duda queda que quienes tomaron los aviones que luego estrellaron contra las Torres Gemelas aquel fatídico 11/9 no lo estaban? Dementes, insanos, locos. De remate. Y aun así, si por Alá hubieran sobrevivido, ¿alguien dudaría en condenarlos con todo el peso de la ley de los hombres?
Y no estaban en sus cabales para cometer semejante crimen. Se invoque el fanatismo que se invoque, estaban síquicamente demasiado inestables como para comprender la criminalidad de su acto. Pero fueron plenamente responsables. La justicia de los hombres --si hubiera sido posible-- los habría castigado como mínimo con cadena perpetua o con pena de muerte.
Pero no solamente con un tratamiento siquiátrico, más allá de que lo necesitaran. Y, más allá de que hay que convenir que no somos expertos judiciales ni médicos, desde nuestro sitio --que es el mismo que buena parte de la comunidad, no hay dudas de ello-- aún cuesta salir del estupor, al comprender que un crimen que tan fuertemente golpeó a todos podría ser considerado un acto de un loco más. En pocas palabras, y al mejor estilo de Lucas 23.34, no sabía lo que hacía. Pero ¿merece perdón? Es totalmente cierto que Peralta tiene derechos humanos y merece que le sean respetados. David Fremd también los tenía, aunque él no tuvo consideración al respecto. Si Peralta está desequilibrado, si necesita medicación de por vida, es claro que hay que darle el mejor tratamiento y la más adecuada medicación. Pero eso no debería dejar en segundo --tercero, cuarto, vaya a saberse-- plano su crimen.
Toda muerte provocada es injustificada, pero aquellas basadas en el odio, por el rechazo a una etnia o religión, mucho más. Cuando el responsable es atrapado y se comprueba su culpabilidad --este es un caso de esos--, esa persona no debería poder evitar el castigo de la sociedad “por más loco que esté”.
De hecho, en muchos países del mundo pasan su vida en prisión --aunque en condiciones en que su situación mental pueda ser adecuadamente atendida-- y en otros pagan con su vida, por la pena de muerte.
Si se trata de lo que sostiene el artículo 30 del Código Penal, en verdad prácticamente cualquier persona puede tener “un momento de locura” o “un día de furia” y matar sin ser considerado imputable. Todo aquel que “se halle en tal estado de perturbación moral, que no fuere capaz o solo lo fuere parcialmente, de apreciar el carácter ilícito del mismo o de determinarse según su verdadera apreciación” no será imputable, sostiene la ley.
Así las cosas, estamos como sociedad en un estado de indefensión crítica. Cualquiera no solamente nos puede quitar la vida, sino incluso no pagar penalmente por ello. Y si las cosas le salen bien, en pocos años los profesionales determinarán que ya no es un peligro para la sociedad y podrá quedar en libertad. Eso sí, tomando “la pastillita” cada noche.
Pero el juez, Fabricio Cidade todavía no dictó sentencia. Para ser más precisos, Peralta aún podría tener una condena acorde con la crueldad de sus actos, aunque el informe técnico considere que es “inimputable”. De ser así, no solo estaría asegurado el tratamiento que su desequilibrada psiquis necesita, sino el encierro que la pena máxima que la Justicia establece para un criminal de este calibre.
Somos --y debemos ser-- respetuosos de la ley y de la independencia del Poder Judicial. Pero somos --y debemos ser-- seres humanos y pensantes. Por eso afirmamos que Carlos Omar Peralta debería pagar con todo el peso del Código Penal por él.
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