Paysandú, Domingo 16 de Octubre de 2016
Locales | 15 Oct Durante la reunión del Comité de Integración Paysandú-Colón, realizada en la víspera, se supo que la Comisión Nacional Reguladora de Transporte de Argentina permitirá que ómnibus de más de 21 pasajeros puedan circular en el país vecino sin guarda, lo que atañe directamente a la empresa sanducera Copay.
Como se recordará Copay había tenido algunos inconvenientes en sus líneas hacia Colón y Concepción del Uruguay porque la ordenanza establecía que debían estar a cargo del transporte un chofer y un guarda, cuando históricamente se había cubiertos esas rutas con un chofer que a su vez cumplía las funciones de guarda.
De la reunión participaron los intendentes de Paysandú, Guillermo Caraballo, y de Colón, Mariano Rebord; el director general de Área para Asuntos de Frontera, Limítrofes y Marítimos, embajador César Ferrer Burlé; la directora de Límites y Fronteras de la cancillería argentina, ministra Mónica Avogadro; la cónsul de Argentina en Paysandú, Carola del Río; el cónsul general uruguayo en Concordia, ministro consejero Gustavo Somma Riba; el cónsul de Uruguay en Gualeguaychú, ministro Darío Estades; el subdirector nacional de Pasos de Frontera, coronel José Vázquez; y funcionarios de los organismos involucrados de los dos países.
Durante la jornada, el Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país se comprometió a avanzar en gestiones ante el Ministerio de Salud Pública para que los traslados hacia territorio argentino de vehículos de emergencia, como ambulancias y bomberos, ante situaciones de catástrofe, se puedan realizar en forma libre, siguiendo el mismo criterio que actualmente se aplica en la frontera con Brasil.
También se registró un avance en cuanto a la prohibición de que propietarios de vehículos matriculados en Argentina, que desarrollan actividad laboral o comercial en Uruguay y que tienen inconvenientes para ingresar con su vehículo particular a riesgo de que sea requisado.
El Consulado de la República Argentina en Paysandú recordó el decreto del Poder Ejecutivo 14.594, del 12 de noviembre de 1976, cuyo artículo 8 expresa: “los automóviles y camionetas empadronados en los municipios o provincias extranjeras fronterizas, podrán circular en los radios urbanos y suburbanos de las áreas limítrofes sin limitación de plazo, siempre que sus propietarios residiesen en aquellos o en aquellas”.
“Dicho beneficio no comprenderá a ninguna persona radicada en Uruguay, ya fuere como propietario, tenedor, usuario o conductor del rodado ni en ningún otro carácter. El ingreso de automóviles y camionetas a que se refiere este artículo por personas radicadas en el país bajo falsa declaración tipificará delito y la infracción aduanera de contrabando”.
El administrador de Aduanas de Paysandú, Carlos Rey, indicó que ya hizo el correspondiente planteo al Departamento de Ilegales en Montevideo para que los afectados, amparándose en este decreto, puedan evitar dichas restricciones.
En tanto, la delegación de la cancillería uruguaya manifestó que de manera conjunta con el Ministerio de Economía y Finanzas y Aduanas gestiona que se aplique la normativa Mercosur referida al asunto.
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