Paysandú, Jueves 24 de Noviembre de 2016
Opinion | 17 Nov Si bien refleja el aumento de la esperanza de vida, el envejecimiento de la población implica nuevos desafíos como la seguridad económica en la vejez, la atención de la salud y los sistemas de protección social.
Según datos de la Organización Mundial de la Salud, la población mayor de 60 años pasará a ser el 22% de la población mundial en 2050, lo cual significa que existirán unos 2000 millones de adultos mayores, así como un incremento muy importante si tenemos en cuenta que ese porcentaje en el año 2000 era de un 11%.
En Uruguay el tema reviste especial interés ya que el 15% de la población supera los 60 años y se destina el 8,2% del Producto Bruto Interno (PBI) al gasto público jubilatorio. A su vez, nuestro país destina en pensiones más del doble que el promedio regional en relación a su PBI y duplica el porcentaje regional de población mayor a 65 años en relación con las personas en edad laboral.
Esto aún hoy no es un problema grave, pero lo será en las próximas décadas --quizá en un máximo de 80 años-- cuando el porcentaje de adultos mayores se duplique. En unas pocas décadas, la fuerza laboral disminuirá drásticamente en comparación con el número de dependientes que no trabajan.
Según datos de la CEPAL, está previsto que entre 2020 y 2100, el número de dependientes aumente en un 35,5% en nuestros países. En 2085, América Latina y el Caribe superará a Europa como la región con la proporción más alta de personas de edad avanzada en relación con la población en edad de trabajar. El panorama se complica aún más si tenemos en cuenta que nuestros países tienen tasas de ahorro nacionales bajas y que, en general la región se encuentra mal preparada para atender las necesidades de la jubilación de lo que será un grupo de personas en edad avanzada que irá creciendo.
A esta situación hay que agregarle otros desafíos referidos a la atención de la salud de las personas mayores y los sistemas de apoyo familiar especialmente considerando el aumento de las dolencias crónicas y enfermedades mentales.
Un artículo publicado por el BID estimaba que enfermedades como la demencia tendrán un costo de U$S 604 millones a nivel mundial, equivalente al 1% de Producto Bruto Interno del mundo, siendo esta una sola de las múltiples enfermedades que afectan con mayor prevalencia al adulto mayor.
No siempre los gastos sanitarios --desde el origen de la enfermedad o discapacidad-- de personas mayores son absorbidos por el sistema de salud sino que se trasladan a la familia que deben afrontar gastos elevados.
En este sentido, se prevé un aumento de la población mayor dependiente, que se estima se multiplicará por cuatro a nivel mundial demandando una rápida capacidad de respuesta así como mayor atención y cuidado permanente, dadas sus limitaciones físicas y mentales.
Según estimaciones de la CEPAL para el año 2000 la relación de dependencia de adultos mayores en América Latina era de 13 y para el 2050 se estima que llegue al 39,3.
En este contexto, en nuestro país cobra importancia el denominado Sistema Nacional de Cuidados, en lo que refiere al apoyo que puedan recibir las familias y, en particular los propios adultos mayores en condiciones de vulnerabilidad.
Por otra parte es fundamental que el sector empresarial de la salud y cuidado se encamine hacia su profesionalización, lo cual involucra la actividad de los cuidadores como de las residencias para adultos mayores. En este sentido, cobra importancia el reciente decreto del Poder Ejecutivo sobre regulación, habilitación y fiscalización de establecimientos que ofrecen servicios de cuidados a adultos mayores, lo que implica la participación del Ministerio de Desarrollo Social y el de Salud Pública.
Con el objetivo de garantizar estándares de cuidados de calidad, la norma aborda temas vinculados a la habilitación y registro de los establecimientos, las condiciones de las plantas físicas, los recursos humanos, la obligación de presentar un proyecto de centro, los servicios de alimentación, vestimenta e higiene o medicación, y los derechos de residentes y usuarios, fijando además el sistema de fiscalización y de control que se hará en los establecimientos.
El goce pleno de la libertad ambulatoria, el derecho a recibir información completa y actualizada sobre su estado de salud en términos comprensibles y accesibles, o el derecho al libre uso de medios de comunicación disponibles como el teléfono o dispositivos electrónicos con el exterior del establecimiento, así como la recepción de correspondencia personal, son aspectos incorporados explícitamente a la normativa a aplicarse, que representan garantías elementales para quien se encuentra alojado en las denominadas residencias para ancianos o adultos mayores.
Se establece, por ejemplo, que los adultos que residan en estos establecimientos tienen derecho a que no se les realicen tratamientos invasivos sin su previo consentimiento libre e informado y a que se les provea un trato digno y respetuoso tomándose en cuenta su voluntad, libre de abuso y maltrato físico y psicológico o producto de negligencias y medidas de contención indebidamente justificadas.
Se trata de cuestiones elementales que deben estar escritas para asegurar su cumplimiento. En este sentido, el Estado tiene que asumir con eficiencia el control de este tipo de establecimientos asegurando obligaciones y derechos.
El futuro demográfico de países como el nuestro requiere que nos ocupemos hoy de estos temas, pensándolos como un desafío impostergable e instrumentando las nuevas y necesarias configuraciones de los servicios sociales y sanitarios implicados en la atención de la salud y bienestar de la población.
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